En 2019 el Servicio de Rentas Internas (SRI) implementó actualizaciones a su plataforma tecnológica, para facilitar los trámites y procesos con sus contribuyentes. Uno de los procesos que comenzó a hacerse a través de la página web de esta institución es el de la declaración del IVA. De esta forma se reemplazaban los formularios 104 (Personas Obligadas a llevar Contabilidad) y 104 A (Personas NO Obligadas a llevar Contabilidad) del software DIIM formularios.
A continuación le explicaremos todo cuanto debe saber sobre la definición, tipos, declaración del IVA, quiénes están obligados a hacerlo, sus fechas de declaración y qué tipo de sanciones se pueden contraer de no realizar la declaración en los tiempos acordados.
CONTENIDO:
Definición de Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Ecuador
Según la definición del Servicio de Rentas Internas, el Iva es un impuesto capaz de gravar el valor de todas las transferencias locales o importaciones de bienes muebles en todas sus etapas de comercialización y al valor de los servicios prestados. Esto significa que es un impuesto que grava el valor que se le agrega a los bienes y servicios en todas las etapas de comercialización y tiene que pagarlo el consumidor final del producto o servicio.
En Ecuador el impuesto al valor agregado es de un 12%. Algunas excepciones, tales como productos de primera necesidad, son exonerados de pago de IVA. Los siguientes enlaces tienen mayor información al respecto:
¿Quién debe pagar IVA?
El IVA debe ser pagado por todas las personas y sociedades que presten servicios, realicen transferencias o importaciones de bienes en Ecuador. Esto quiere decir que si el IVA pagado en compras es mayor al IVA percibido en las ventas, el sujeto pasivo tendrá que registrar una cuenta por cobrar al fisco. Este impuesto se calcula en función del precio de ese bien o servicio en cuestión. En él se incluyen impuestos, tasas por servicios y todos los gastos que legalmente son imputables.
Tipos de Declaración del Impuesto del Valor Agregado
Este impuesto debe declararse ya sea semestral o mensualmente. A continuación le compartimos en qué casos se debe declarar de una u otra forma:
- Declaración mensual del IVA: Se presenta en el momento en que las transacciones gravan una tarifa del 12% o cuando se realiza alguna retención de IVA.
- Declaración Semestral del IVA: Se realiza si las transacciones gravan tarifa del 0%.
¿Cuándo se tiene que declarar el impuesto al valor agregado?
Las declaraciones se harán de conformidad el noveno dígito del registro único de contribuyente (RUC). En la siguiente tabla le explicamos las fechas máximas a declarar con detalle:

La declaración del Impuesto al Valor Agregado se presenta en enero para el periodo fiscal del segundo semestre del año anterior y en Julio si se trata del segundo periodo fiscal del año en curso.
¿Existen sanciones por declarar tarde el Impuesto al Valor Agregado?
Las sanciones pecunarias (conocidas popularmente como multas) son castigos en metálico que impone el Servicio de Rentas Internas a las personas que incumplen la ley. En caso de no declarar ni cancelar a tiempo el IVA, por la razón que sea, se imponen sanciones monetarias. Las multas pueden variar en función del tipo de contribuyente y el tipo de infracción que cometa.
A continuación le compartimos una serie de tablas informativas donde se puede observar el tipo de multas y el monto que deberá pagar:
Multas ocasionadas por No notificar a la Administración Tributaria de la irregularidad:
Quienes no hayan sido notificados por el SRI sobre la no presentación de declaraciones o anexos, pero que eran conscientes de ello, serán sancionados de la siguiente forma:

Si este supuesto sucede, el contribuyente tiene que registrar su multa al momento de realizar su declaración tardía.
Multas ocasionadas por una omisión detectada y notificada por la Administración Tributaria:
Si se presenta el caso en que el contribuyente fue notificado por la Administración Tributaria que no ha presentado sus declaraciones o anexos, tendrá las siguientes sanciones:

De presentarse este supuesto, el monto de la multa aumentará pero sin que inicie un proceso de juzgamiento ya que el contribuyente no hizo la declaración tardía de forma voluntaria. El SRI notifica a través de llamadas telefónicas, correo electrónico, etc.
Multas por omisiones detectadas y juzgadas por la Administración Tributaria.
En caso que el contribuyente omita las declaraciones o declaraciones tardías, aunque el SRI haya hecho la notificación y concluya el proceso sancionatorio, deberá honrar alguna de las cuantías que le citamos a continuación:

Las sanciones pecunarias corresponden a cada obligación que no se haya declarado. Es decir que si usted ha incurrido cuatro veces en una omisión, deberá pagar cuatro veces la multa. Evite sanciones y pague en los tiempos estipulados.