Décimo cuarto sueldo en Ecuador: Cálculo y pago

Si está interesado en calcular y pagar el Décimo Cuarto sueldo en Ecuador, conocido también como Bono Escolar, continúe leyendo. Este beneficio le permitirá sufragar los gastos del retorno a clases de sus hijos. (Matrícula, uniformes, útiles, etc).

Compartiremos asimismo, una fórmula con la que usted podrá calcular su décimo cuarto a recibir en el supuesto que lo haya acumulado y desee saber cuál será el monto que percibirá. Este se debe fijar previamente al régimen escolar de cada región.

Décimo Cuarto Sueldo: Definición.

Este es un beneficio socioeconómico otorgado por el Estado ecuatoriano, equivalente a un sueldo básico unificado (SBU), otorgado a los empleados que tengan relación de dependencia sin importar su cargo o salario actual. También se le otorga a jubilados del IESS, pensionistas del seguro militar y de la Policía Nacional del Ecuador y las trabajadoras doméstica, ya sea en jornada completa o parcial.

Este beneficio no es otorgado a operarios y aprendices de artesanos, de conformidad con lo estipulado en el Código de Trabajo.

El beneficio no incluye ningún beneficio económico adicional tal como horas extras, suplementarias o comisiones. Su pago se sufraga de manera mensualizada, es decir, que al mes se sufragará la doceava parte del SBU o una sola vez en una fecha establecida por el gobierno.

La doceava parte del salario vigente (que son 400$) se debe hacer una división de los 400$ entre 12. Esto significa que devengará mensualmente 33.33$ en caso de solicitar el pago mensual y no íntegro.

¿Cuándo se paga este beneficio en Ecuador?

Dependiendo de la zona en donde se encuentre, el pago variará:

Si se encuentra en la zona Costera e Insular (Galápagos) recibirá el bono hasta el 15 de Marzo. Si por el contrario se encuentra en la Sierra y Oriente, deberá recibir el pago hasta el 15 de agosto, siempre que se haya solicitado por escrito su acumulación. Si por alguna razón no solicitó la acumulación del décimo cuarto, mensualmente recibirá un recargo de 33.33$ y en el rol de pagos será identificado como «Pago mensual de la decimocuarta remuneración», todo de conformidad con lo estipulado en el Código del Trabajo, específicamente en sus artículos 111 y 113.

Vale destacar que el décimo cuarto sueldo no se considera para:

  • Descuentos de aporte al IESS
  • Determinación del fondo de reserva y jubilación
  • Cálculo del Impuesto a la Renta.
  • Pago de Indemnizaciones y Vacaciones.

Los pagos del décimo sueldo se pagan de conformidad con el Acuerdo Ministerial 87 del Ministerio del Trabajo. En el siguiente enlace, podrá leerlo a detalle.

La fórmula general para calcular este beneficio es: (SBU/360 días del año contable) *# de días laborados en el año.

Algunas empresas aplicaron una reducción emergente de la jornada bajo la ley orgánica de apoyo humanitario o código de trabajo, en el que los trabajadores dejaron de laborar 8 horas diarias. El comercio, un medio de comunicación digital, ha implementado una calculadora del décimo cuarto con el que podrá hacer sus cálculos de manera automática. Acceda a esta a través de este enlace.

¿Cómo puedo hacer mi cálculo manual? Ejemplos orientativos

A continuación le mostraremos algunos ejemplos gráficos de cómo hacer el cálculo de forma manual:

Ejemplo número 1: Miguel.

Miguel tiene tres años trabajando en la misma empresa, acumulando su décimo cuarto sueldo para recibirlo en el mes de marzo. Tiene residencia en Guayaquil.

  • Región: Costa.
  • SBU Vigente: 400$
  • Periodo de cálculo del décimo: marzo 1 del 2020 a febrero 28 del 2021.
  • Tiempo laborado en el periodo del cálculo: 1 año ininterrumpido.

En este caso, como Miguel tiene bastante tiempo en la empresa y recibe su remuneración en el mes de marzo en un solo pago, recibirá un sueldo básico completo de 400$ como décimo cuarto sueldo.

Ejemplo número 2: Antonella.

Por su parte, Antonella entró a trabajar en e Chone el 7 de Junio del 2020 y sigue trabajando desde entonces. Solicitó un solo pago de su décima cuarta remuneración. En ese sentido:

  • Región: Costa.
  • SBU Vigente: 400$
  • Periodo de cálculo del décimo: Marzo 1 del 2020 a febrero 28 del 2021.
  • Tiempo laborado durante el periodo del cálculo: 7 de Junio 2020 – 28 de febrero 2021 (266 días).
  • Empleando la fórmula (SBU/360) *# días laborados en el año el cálculo a realizar es: 400/360)*266: 295,56.
  • Antonella recibirá como pago del décimo cuarto sueldo a unos 295,56$.

Ejemplo número 3: Ramón

Ramón ingresó en mayo del 2020 y culminó su relación laboral en enero del 2021. Reside en Quito y recibe un solo pago.

  • Región: Sierra.
  • SBU Vigente: 400$
  • Periodo de cálculo del décimo 1 de agosto del 2020 al 31 de julio del 2021.
  • Tiempo trabajado: 15 de mayo 2020 31 de enero 2021.

Como Ramón es vive en la Sierra y laboró entre dos periodos de pago del décimo cuarto (2020-2021) se deben hacer dos cálculos ya que recibirá dos pagos, a saber:

Pago del bono décimo cuarto del 2020:

  • Tiempo alborado durante el periodo de cálculo 2020: 15 de mayo del 2020 al 31 de julio del 2020 (77 días).
  • SBU 2019: 400$.
  • La fórmula es (SBU/360) *# días laborados en el año: (400/360) * 77: 85,55$
  • El beneficio que recibirá es de unos 85.55$

Pago del bono décimo cuarto del 2021:

  • Tiempo laborado en el periodo del cálculo 2021: 1 de agosto del 2020 al 31 de enero del 2021 (183 días).
  • SBU 2020: 400$.
  • La fórmula es (SBU/360) *# días laborados del año: (400/360) *183: 203.33$
  • El beneficio que recibirá en 2021 es de 203.33$.

¿Hay algún modelo de solicitud para acumular mi décimo cuarto?

Anualmente los trabajadores tienen la opción de acumular el décimo cuarto sueldo, presentando a sus empleadores una solicitud de acumulación por escrito. Caso contrario, tendrán que recibir el pago de forma mensualizada. Existe un plazo vigente para hacerlo losprimeros 15 días del mes de enero y tendrá una validez para años posteriores si así se desea, es decir, que no habrá necesidad de presentar una solicitud nueva.

En caso de querer recibir la bonificación mensual, deberá esperar al nuevo año para poder hacer la solicitud. A continuación le compartimos un formato con el cual la mayoría de las empresas hacen la solicitud. Consulte a su empleador sobre cómo rellenar al solicitud en última instancia: