Consultar deudas SRI y pagar las deudas tributarias

Una deuda tributaria es un monto económico que tiene un contribuyente, sea este una persona natural o jurídica y debe a la administración pública del Estado. El Servicio de Rentas Internas es el ente gubernamental encargado de llevar el control y recaudación de estos recursos.

La importancia de estar al día con los impuestos y no deber al SRI es fundamental, ya que de las deudas derivan sanciones muy duras que podrían afectar las finanzas de una familia o de una empresa. Por ello, compartimos con usted todo lo que debe saber sobre cómo consultar y pagar las deudas tributarias en el SRI:

¿Cómo puedo consultar mis deudas en el SRI?

El Servicio de Rentas Internas cuenta con un sistema online por el cual podrá consultar todo lo referente a sus impuestos. A continuación le explicamos cuáles son los pasos a seguir:

  • Ingrese a la página web del SRI en Línea siguiendo este enlace.
  • En el menú ubicado a la izquierda, diríjase a la opción «Deudas», ahí, haga clic a «Consulta de deudas firmes, impugnadas y en facilidades de pago» tal como le indicamos en la imagen a continuación:
  • El sistema le ofrecerá la posibilidad de elegir con qué información hacer la consulta, sea su RUC, Nombres y Apellidos o la Razón Social:
  • De forma automática, el sistema le ofrecerá toda la información sobre su historial tributario y determinará si tiene o no alguna deuda con el Servicio de Rentas Internas. En caso de no tener deudas, el resultado que le arrojará el sistema es el siguiente:

Si por el contrario tiene algún tipo de deuda con el Servicio de Rentas Internas, podrá visualizar el valor de sus deudas a continuación. Deberá hacer clic en el botón «Ver detalles» en donde conocerá el detalle de la deuda por impuesto, periodo y fecha de emisión.

¿Cómo puedo pagar mis deudas tributarias ante el Servicio de Rentas Internas?

Pagar sus obligaciones tributarias se puede hacer a través del sistema del SRI de forma rápida y simple:

Tarjeta de Crédito

  • Una vez haya entrado en el sistema y sepa si tiene deudas a pagar, tendrá que ubicar la opción «Deudas de SRI» en línea. Haga selección de la opción «Pago en Línea».
  • Ingrese al Sistema con su número de identificación, sea el RUC o la cédula y su contraseña.
  • Se va a desplegar toda la información sobre las deudas a la fecha corriente. Elija cuáles deudas pagar y la forma de pago «Tarjetas de Crédito».
  • Seleccione la tarjeta de crédito y el plazo.
  • Confirme los términos y condiciones para la utilización de medios electrónicos de pago
  • digite los datos de la tarjeta de crédito.
  • Una vez haya hecho el pago, aparecerá la confirmación del pago de la siguiente forma:

Débito con una cuenta registrada en el Sistema del SRI

  • En caso de tener una cuenta registrada, puede hacer selección de la opción «Pago con débito a la cuenta» en «DEUDAS DE SRI en Línea».
  • Ingrese al sistema con su número de identificación y contraseña.
  • Se desplegará ante usted la información con todas las deudas que tenga a la fecha corriente. Elija las deudas que desee pagar o bien hacer el pago total. Posteriormente, haga clic en «Aceptar».
  • Seleccione qué cuenta es la que se empleará para hacer el débito bancario y haga clic en «Aceptar».
  • Se va a desplegar la pantalla con la confirmación del pago de sus deudas.

Para conocer otras formas de pago y su procedimiento, da clic aquí. Por otro lado, si necesitas facilidades de pago, debes dirigirte a una agencia del SRI y solicitarlo.

Una vez canceles tus obligaciones tributarias, deberás actualizar tu estado tributario el mismo día de pago.

¿Qué puede pasar si tengo deudas con el SRI?

  • De conformidad con lo dispuesto en las leyes en materia tributaria del Ecuador, las consecuencias son las siguientes:
  • Generación de intereses.
  • Perder la autorización para emitir cualquier comprobante de venta.
  • Imposibilidad de ser proveedor del estado.
  • Imposibilidad de ocupar algún cargo público.
  • Será publicado como deudor en la página web del SRI.
  • No estar al día en el Estado Tributario.