¿Cómo hacer una denuncia por maltrato animal?

Las leyes ecuatorianas en materia de protección a los animales han sido actualizadas para promover la acción ciudadana en cuanto a la denuncia de todo tipo de maltrato al que pudieran estarlos sometiendo en cualquier parte del territorio nacional. Las leyes ahora vislumbran no solo maltrato, sino desatenciones que se tengan con ellos y toda aquella situación que podría perjudicar tanto el bienestar ciudadano como el de los animales.

Muy a pesar de ello, la ciudadanía ecuatoriana no conoce con exactitud a qué instancias acudir para denunciar los actos considerados punitivos en contra de los animales. Así, en el presente artículo le contamos todo lo que debe saber sobre cómo y cuando hacer una denuncia por maltrato animal en la República del Ecuador y también sobre el tipo de sanciones que tienen estos delitos.

¿Qué es el maltrato animal?

Toda acción que pueda afectar de forma física o psicológica a un animal es considerado maltrato. Algunos ejemplos comunes son: exhibicionismo, trato cruel o tortura, explotación sexual, venta indiscriminada, desatención doméstica o veterinaria, el abandono o la muerte.

Esto significa que no es únicamente el maltrato físico el que puede ser tipificado como un delito hacia los animales, sino que si usted llegase a dejar a su mascota suelta en la calle y de esta acción derivase que el animal sea herido, podría considerarse un delito por desatención, independientemente de si su cuidado es el adecuado en el hogar. Esto es así porque podría suceder que el animal sea arrollado o maltratado en la calle por un tercero.

¿Por qué es objeto de preocupación el maltrato a los animales para el estado?

A nivel mundial se han hecho muchos estudios que determinan que el maltrato a los animales es el paso previo a la violencia social. Esto significa que si una persona es propensa a lastimar a un animal de cualquier forma, es más probable que en un futuro haga daño a otro ser humano.

¿Cuándo es necesario hacer la denuncia?

En caso de presenciar que un animal está encadenado, torturado, es encerrado o se haya presenciado que se le provocó la muerte, hay que denunciar. Asimismo, es necesario hacer la denuncia si el propietario de la mascota la ha sacado SIN correa o collar, si el animal no tiene bozal en caso de ser agresivo o si no recogen los desechos del animal.

¿Cuáles son los requisitos para llevar a cabo la denuncia?

Dependiendo de la autoridad a la que acuda para informar de la incidencia, los requisitos pueden variar. En términos generales, sin embargo, hay una documentación que se solicita y es la siguiente:

  • Nombres completos y teléfono de contacto del denunciante.
  • Copia de la cédula de ciudadanía.
  • Fotos o vídeos en donde se demuestre el maltrato (pruebas, que deberán ser entregadas en CD).
  • Código Catastral y dirección exacta de la vivienda en la que se está produciendo el maltrato.

No olvide preguntar cuáles son los requisitos exactos de conformidad con el lugar donde usted decida poner la denuncia.

¿Dónde puedo denunciar el maltrato animal?

La autoridad competente para receptar la denuncia por maltrato animal en Ecuador son las municipalidades, quienes delegan a su vez a los respectivos departamentos las competencias para atender las denuncias. A continuación compartimos la dirección de cada uno de los organismos competentes según la ciudad:

Quito

En la capital ecuatoriana, las oficinas de Agencia metropolitana de Control son las encargadas de tomar las denuncias de la ciudadanía en cuanto a maltrato animal se refiere. Estas se encuentran en El Sol N39-188 y El Universo. Para mayor información haga clic en este enlace.

Guayaquil

En Guayaquil, la encargada de tomar denuncias sobre maltrato de animales es la ventanilla 38 del Municipio. Obtenga más información al respecto en el siguiente enlace. La dirección de esta es en Pichincha 605 entre Clemente Ballén y 10 de Agosto.

Cuenca

En la ciudad de Cuenca, el ente encargado de la toma de denuncias es la Comisión de Gestión Ambiental (CGA). Para mayor información, siga este enlace con un clic. Se encuentra ubicada en Calles Borrero, Sucre y Presidente Córdova.

Importante: Las fundaciones de ayuda animal no están facultadas para llevar denuncias. Estas organizaciones pueden ofrecerle información detallada para llevar a cabo un trámite o incluso le ayudan con asesoría legal, pero no son responsables de la toma de la denuncia. Ante todo, acuda a las autoridades facultadas para llevar a cabo estas actividades.

¿Qué sanciones existen por el maltrato animal en Ecuador?

El Código Orgánico Integral Penal (COIP) de la República del Ecuador tipifica diversas acciones contra la integridad física y psicológica de los animales como maltratos domésticos o de fauna urbana y son castigados de conformidad con la gravedad del hecho. Las sanciones van a depender del tipo de delito y le citamos a continuación cuáles son y las respectivas medidas:

  • Abandono: La pena que se impone por abandono de un animal es de 20 a 50 horas de trabajo comunitario.
  • Maltrato: Si por acción u omisión se le ocasiona algún tipo de daño temporal o permanente a la salud física o psicológica de un animal, la sanción puede variar entre 50 a 100 horas de trabajo comunitario.
  • Muerte: Ocasionar la muerte de un animal, sea a través del ensañamiento contra la criatura o suministrando alimentos o sustancias potencialmente nocivos para su salud, puede acarrear sanciones como la pena privativa de libertad de seis meses a 1 año. En caso que la muerte derive de actos de crueldad, la pena será de 1 a 3 años.
  • Por abuso sexual: Practicar actos de índole sexual con un animal (propios o de terceros) o explotación sexual del mismo tendrá pena privativa de libertad de unos seis meses a 1 año. Si la falta se ve agravada por la muerte del animal, la pena será de 1 a 3 años.
  • Por peleas o combates de animales: Incurrir en la participación, entrenamiento, promoción y organización de peleas de perros, gallos o cualquier otro animal de fauna urbana recibe una sanción de cárcel en la siguiente escala: de dos a seis meses (participación, promoción de estas actividades ilícitas), de seis meses a un año (lesiones permanentes a un animal) o de uno a tres años (en caso de ocasionar la muerte del animal).