Libertad
de expresión: normas se acomodan al vaivén de la política
Por: Luis Boada Gualsaquí
Redacción Quito (lboada@hoy.com.ec)
El
juego del gato y el ratón describiría bien lo que
ha sido la relación entre el poder político y los
medios de comunicación desde que se reinstauró la
democracia en 1979.
En unos gobiernos, más que en otros, la relación llegó
a niveles de tensiones importantes; sin embargo, allí fue
donde se manifestó más esa lógica mediática
de que los medios de comunicación (los no vinculados) están
para desentrañar aquello que el poder se esfuerza en esconder.
Édgar Jaramillo, director ejecutivo de Ciespal, hace una
descripción sucinta de lo que ha sido esa convivencia. Señala
que, en general, la relación de los repetidos gobiernos y
los medios en estos 29 años de democracia no ha sido fáciles.
Pero hay diferencias; unos gobiernos -dice- han sido más
receptivos a las críticas que otros. Y, entre los menos receptivos
-señala-, ha habido gobiernos que han querido imponer su
agenda a los medios. Pero también ha habido de lo otro, es
decir, algunos medios han querido poner la agenda a los gobiernos.
Una constante entre todos los regímenes ha sido, en momentos
críticos, el echar la culpa a la prensa de los males de la
República. Y, en esa trama, han habido amenazas de clausuras,
retiro de frecuencias, advertencias a periodistas, el retiro de
publicidad. Hay casos emblemáticos en cada Gobierno.
Durante el Gobierno de León Febres Cordero (1984-1988), diario
HOY enfrentó una arremetida por su posición crítica
cuando se intentó impedir su publicación al prohibir
la importación de papel.

En un marco de garantías limitado se
desarrollaron las
relaciones del Gobierno de Febres Cordero y los medios
En el Gobierno socialdemócrata de Rodrigo
Borja (1988-1992) se produjo un incidente con Radio Sucre cuando
el presidente decidió cerrar la emisora tras vencer el plazo
dado a sus dirigentes para que demuestren una acusación en
contra de un familiar cercano al primer mandatario.
El Gobierno de Sixto Durán Ballén (1992-1996) mantuvo
una relación más amistosa con los medios. No por eso
la controversia dejó de envolver a esa administración
por la serie de actos de corrupción que salieron a la luz
gracias a la prensa. El caso “Flores y Miel” o la polémica
del aeropuerto Los Perales de Bahía de Caráquez son
dos ejemplos.
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Casi
24 años le tomó a la clase política expedir
la ley de acceso a información pública |
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El advenimiento del Gobierno populista de Abdalá
Bucaram reavivó las tensiones del poder y la prensa, sobre
todo por el estilo vertiginoso y confrontativo del primer mandatario
con los medios de comunicación.
Los gobiernos sucesivos marcaron esa dinámica bajo un marco
legal que amparaba la libertad de prensa y expresión así
como el derecho a la honra. No obstante, en esa relación
se ha mantenido distante el ciudadano común, en términos
de un reconocimiento formal de sus derechos en el ejercicio de la
comunicación.
En las dinámicas del poder, el papel de la prensa también
ha sido puesto en el banquillo cuando el ejercicio profesional se
convirtió en la plataforma político-electoral para
muchas figuras de los medios, sobre todo de la televisión.
No hay una reglamentación que lo limite.
En los años de democracia, las líneas del poder y
los medios también han respondido a otras dinámicas,
impuestas por otros actores, como sucedió durante la crisis
financiera de 1999, cuando la tensión adquirió un
componente regional debido al control que algunos de los banqueros
ejercían sobre determinados medios de comunicación.
Censuras abiertas y solapadas
Édgar Jaramillo considera que el principal
problema que han enfrentado los medios en estos 29 años ha
sido la dificultad de acceder a la información oficial. Los
gobiernos sucesivos han aplicado desde su propia dinámica
un estricto sigilo sobre sus actos, acota.
Poco más de 24 años tuvieron que pasar para que se
promulgue la Ley de Acceso a la Información (Lotaip), una
iniciativa de la Asociación Ecuatoriana de Editores de Periódicos
(Aedep) y en particular de Diario HOY.
El 25 de mayo de 2005, el presidente Alfredo Palacio expidió
una reforma a los artículos 4 y 9 del Reglamento de la Ley
Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información
Pública (Lotaip), relacionados al principio de la publicidad
y al sentido de la reserva.
Con esa reforma, supuestamente, se pretendía superar el último
punto de discordia entre los diversos actores y poner un punto final
a una serie de trabas que se habían presentado desde la publicación
de la Ley en el Registro Oficial 337, el 18 de mayo de 2004.
El primer problema se presentó con las dilaciones del Gobierno
de Lucio Gutiérrez para emitir el Reglamento, cuya promulgación
estaba prevista expedir en el mes de agosto de 2004. La demora fue
justificada por la diferencia de criterios sobre el texto. Gutiérrez,
que demoró el reconocimiento oficial de la declaración
de Chapultepec, finalmente promulgó el reglamento el 19 de
enero de 2005.
Pero su propuesta provocó otra discusión, pues varios
sectores objetaron que, en la misma, se haya ampliado el marco de
la reserva a temas que no estaban contemplados en la Ley, como la
información relativa a propiedad intelectual, aquella protegida
por el sigilo bancario, comercial, industrial, tecnológico
o bursátil, etc. La reforma de Palacio limitó esa
categoría a lo que establece el Art. 9 sobre la calificación
previa del Consejo de Seguridad Nacional (Cosena).
En el reglamento promulgado por Gutiérrez, finalmente se
amplió la responsabilidad de la Defensoría del Pueblo
sobre el control y seguimiento de la creación de las páginas
web y su permanente actualización, concentrando varias responsabilidades
en una entidad que, de por sí, tiene la obligación
legal de vigilar el cumplimiento de la misma y en atender las quejas
y brindar el patrocinio en los recursos de acceso.
No obstante, a tres años de la promulgación del reglamento
de la Lotaip persisten las dificultades para acceder a información
pública. Esto se refleja en el incumplimiento de las entidades
del Estado en publicar a través de las páginas web
la información de gestión, de manera particular, sobre
el manejo económico y presupuestario.
Este Diario ha hecho un seguimiento permanente del tema y, a pesar
del compromiso adquirido por el presidente Rafael Correa, hay problemas
en la actualización de datos.
En 1998, nuevas reglas, pero...
Los problemas generados por publicaciones inexactas
o que podrían ser injuriosas fueron advertidos por la Asamblea
de 1998. Así, en el marco de los derechos civiles fueron
establecidas normas para resarcir daños.
En la Constitución elaborada ese año se reconoció
el derecho de la persona para que se haga una rectificación
en forma obligatoria, inmediata, gratuita y en el mismo espacio
o tiempo de la información o publicación a través
de las cuales se hecho afirmaciones sin pruebas o inexactas o se
haya agraviado en su honra por afirmaciones o publicaciones no pagadas
hechas por la prensa u otros medios de comunicación social.
Allí también se establece el derecho a la libertad
de opinión y de expresión a través de cualquier
medio de comunicación, sin perjuicio de las responsabilidades
civiles.
En el marco general de los derechos civiles se ratificó el
derecho a la honra, a la buena reputación y a la intimidad
personal y familiar, así como la garantía que por
Ley se proteja el nombre, la imagen y la voz de la personas.
En esa Constitución se garantiza el derecho a acceder a fuentes
de información, a buscar, recibir, conocer y difundir información
veraz, plural, oportuna y sin censura previa... Se garantiza la
cláusula de conciencia y el derecho al secreto profesional
de los periodistas y comunicadores sociales o de quienes emiten
opiniones formales como colaboradores de los medios.
También se señala que no existirá reserva respecto
de informaciones que reposen en los archivos públicos, excepto
de los documentos para los que tal reserva sea exigida por razones
de defensa nacional y por otras causas establecidas en la Ley. Precisamente,
esta norma dio origen a la Ley de Acceso a la Información
Pública.
La Constitución de 1998 contempla el derecho a la libertad
de empresa, el derecho a la comunicación, a fundar medios
y a acceder, en igualdad de condiciones, a frecuencias de radio
y televisión.
Los asambleístas de 1998 también establecieron el
recurso de habeas data, dejando así varios canales a los
ciudadanos para la obtención de información.
La Ley, papel mojado
El marco constitucional que dejó la Asamblea
de 1998 experimentó complicaciones para su aplicación.
No solo hubo demoras en el nivel político, como lo revelan
las dilaciones en el entorno legislativo para tramitar y aprobar
la Ley de Acceso de la Información Pública, sino también
afectaciones al trabajo de los medios.
En este último período se produjeron incidentes que
evidenciaron las mismas prácticas del poder respecto a la
prensa. Hay algunos casos emblemáticos.
Uno de ellos estuvo protagonizado por el ex presidente León
Febres Cordero, cuando su influencia política era fuerte
a varios niveles. El ex mandatario decidió enjuiciar al articulista
Rodrigo Fierro, que, en uno de sus editoriales, sugirió precisamente
la omnipresencia de ese político.
En este período tampoco faltaron los amedrentamientos, como
fue el caso del aparecimiento de listas de periodistas que eran
monitoreados desde Carondelet u otras instancias de poder. El abuso
en la entrega de frecuencias fue otro problema.
El 'ciudadano' entra ahora al juego de poder

Alberto Acosta, presidente de la Asamblea,
es la figura mediática del nuevo
orden de la comunicación dentro del debate constituyente
Los medios, el poder y los ciudadanos. Esta es
la trilogía alrededor de la cual se ha estructurado el debate
en Ciudad Alfaro de la comunicación, en medio de una discusión
que ha desembocado en una abierta contraposición de derechos
y deberes asignados a esos sectores.
El sector oficialista de Acuerdo País (AP) ha dado fuerza
a ese tercer elemento, tomando de base su propuesta de campaña,
que reivindica una mayor participación ciudadana en las decisiones
del Estado. El componente de control no es ajeno a esa pretensión
a través del establecimiento de un cuarto poder o poder social.
Desde esa perspectiva, el debate sobre comunicación ha adquirido
una nueva dimensión respecto a las relaciones entre el poder
formal y los medios de comunicación, pues estos, en adelante
-de aprobarse finalmente la norma-, deberán sujetarse a una
nueva estructura que podría influir, desde la perspectiva
de ese poder ciudadano y el otro tradicional, en el papel de los
medios de forma contundente y permanente.
La posibilidad de confusiones entre esos poderes fue advertida en
la propia bancada oficialista. La asambleísta María
Paula Romo, vicepresidenta de la Mesa de Legislación, sugirió
que se cambie la definición del control social por control
ciudadano. A su juicio, como está presentado, puede interpretarse
como un control estatal. Pero la sugerencia no implicaría
solo un cambio de forma. El alcance real de la participación
ciudadana aún está pendiente en la Mesa 2, que debe
definir la estructura de ese poder ciudadano. Hasta ahora solo se
ha hecho una mención del tema dentro de un articulado sobre
derechos de la comunicación, que ya fue discutido en primer
debate por el Pleno.
En este primer paquete quedaron varias interrogantes. Las inquietudes
de fondo surgieron de la misma bancada de AP por la mención
reiterada en diversos artículos de los controles estatales,
que despertó el comentario del ex vicepresidente y actual
asambleísta León Roldós de que hay un sesgo
estatizante..
La posibilidad de que se aplique un control a los contenidos de
los medios está latente o, lo que es peor, puede ser que
se establezca una censura previa, lo cual es advertido por la oposición.
E incluso por Romo sobre uno de los articulados en que se dice que
el Estado controlará la publicidad o ciertos programas que
fomenten conductas xenófobas, sexistas, de una intolerancia
religiosa u otras negativas.
El asambleísta de oposición Sergio Chacón cree
que este tipo de controles afectará inevitablemente la libertad
de prensa y la libertad de expresión, pues ese control recaerá
en una instancia de poder que hasta el momento no ha sido definida.
La mayoría de la Mesa 1, que preparó el articulado
sobre derechos de la comunicación, ha defendido su alcance.
Uno de los argumentos para definir los controles ha sido el abuso
cometido por los medios, entre otros momentos, cuando no se ha dado
el tratamiento equitativo y oportuno al reclamo de los ciudadanos
que se han visto afectados por publicaciones.
Entre los directivos de los gremios de medios que asistieron al
primer debate, como observadores, hubo la percepción de que
en la propuesta del oficialismo (aunque no de todo el bloque) se
quiere sobreponer un derecho sobre otro.
En el informe de minoría de Chacón se menciona este
forcejeo en la medida de que, en lugar de controles del Estado se
fijen mecanismos para que el ciudadano pueda reclamar a través
de la Defensoría del Pueblo el resarcimiento por afectaciones
ocasionadas por publicaciones.
El articulado introduce otras normas, como la capacidad del Estado
de controlar la vinculación directa o indirecta de la propiedad
de los medios y del uso de las frecuencias de radio y televisión.
Para este último caso, AP se sustenta en los abusos en el
“reparto” de frecuencias y propone una distribución
entre medios públicos, privados y comunitarios. Para estos
últimos, el Estado ofrece garantías para su creación
y promoción.
También plantea que, por razones de interés general,
público y social, el Estado podrá establecer la creación
de servicios públicos de telecomunicación con o sin
reserva total o parcial, y puede adoptar formas de gestión
directas o indirectas.
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