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     Instructivo para el votante

Este 17 de octubre de 2004 se realizarán en Ecuador las elecciones seccionales. Se elegirán 22 Prefectos Provinciales, 91 Consejeros Provinciales (y sus respectivos suplentes), 219 Alcaldes Municipales, 893 Concejales Municipales (y sus respectivos suplentes) y en cada una de las 794 parroquias rurales del país, 5 miembros de Junta Parroquial (principales y suplentes.

El Instituto Geográfico Militar imprimirá 36 357 054 millones de papeletas. Los votantes recibirán cinco papeletas: la de prefecto que es de color gris, la de alcaldes de color celeste; la de consejeros provinciales, que es rosada; la de concejales municipales, que es verde y la de miembros de las juntas parroquiales, que es amarilla. El tamaño de la papeleta varía de acuerdo con el número de candidatos a las dignidades.

El proceso se iniciará a las 07:00 y concluirá a las 17:00.

Estas elecciones son UNIPERSONALES y PLURIPERSONALES. El voto es válido para prefecto y alcalde cuando se marca en el casillero correspondiente al de la preferencia. Para consejeros, concejales y miembros de juntas parroquiales se marca con una línea en el casillero o casilleros que corresponden a los candidatos de una sola lista o entre listas, hasta completar el número que corresponde elegir. Además, se puede marcar una línea o cualquier otra señal dentro del casillero superior que identifica a la lista, o una línea continua a través de los casilleros correspondientes a los candidatos de ella.

El voto será nulo si se señala en el casillero superior (votación por todos los candidatos de esa lista), y a la vez marcado en casilleros de otras listas. Lo mismo ocurrirá si se marca en un número mayor de casilleros que la cantidad de dignatarios que deben elegirse, o si se escribe la palabra 'nulo', 'anulado' u otras similares, o cuando se encuentren tachaduras. Se considerará votación en blanco, si la papeleta no presenta ninguna marca.

Para votar, los ecuatorianos deben presentar el original de la cédula de identidad, no importa la fecha de caducidad. En las mesas de votación se verificará que conste en el padrón, con sus apellidos, nombres y número de cédula.

Cada elector recibirá las papeletas de votación desplegadas, y pasará al sitio reservado para votar. Luego, depositará todas las papeletas en cualquiera de las urnas correspondientes a la junta y firmará en el padrón junto a su nombre. De ser analfabeto, estampará la huella digital de su pulgar derecho. Al final, recibirá el certificado de votación y su cédula.

¿Qué debe hacer quien se enferme el día de las elecciones y no pueda acudir a sufragar?
Deberá presentarse al Tribunal Supremo Provincial correspondiente, presentar un certificado médico para justificar su ausencia y obtener el documento de votación.

¿Quiénes no podrán votar?
Las personas que no porten el original de la cédula de identidad ni se encuentren registradas correctamente en el padrón electoral.
Tampoco podrán hacerlo quienes tengan marcado algún dedo con tinta indeleble.

¿Quiénes no pueden estar presentes en los recintos?
Los candidatos, los delegados de las organizaciones políticas u otras personas que realicen propaganda dentro del recinto electoral.

 

 

 

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