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La denuncia sobre las presuntas
irregularidades cometidas en el proceso de deportación fue admitida por la Corte
Interamericana de Derechos Humanos el 2 de noviembre de 2005

Nelson Serrano fue trasladado a uno de los
calabozos de la Policía Nacional de Migración (foto) antes de que fuera emitida la
boleta de encarcelamiento
A las 17:10 del 31 de agosto de 2002, el
entonces jefe de Migración de Pichincha, Telmo Egas Estrella, pidió al intendente de
Pichincha de la época, Víctor Hugo Olmedo, que emitiera una boleta constitucional de
encarcelamiento en contra de Nelson Serrano.
El empresario había sido requerido por la justicia de los EEUU, acusado de cuatro
asesinatos.
En la boleta firmada por Olmedo consta la fecha 30 de agosto de 2002, es decir un día
antes de que fuera solicitada.
El policía Luis Moreno informó que Serrano fue detenido a las 15:15 del 31 de agosto,
cuando se hallaba en las inmediaciones de las calles Wilson y 6 de Diciembre, al norte de
Quito. Enseguida fue trasladado a un calabozo de la Dirección Nacional de Migración.
Esto ocurrió una hora y 55 minutos antes de que el jefe de esa dependencia solicitara la
boleta.
El ecuatoriano Alfredo Luna, quien ostenta un poder general conferido por Serrano, para
que lo represente en diversos negocios que tiene en este país, dijo a BLANCO Y NEGRO que
al imputado se lo mantuvo incomunicado, sin permitirle contactar a su abogado, se le
asignó un defensor público pese a su oposición y a que contaba con los medios
necesarios para pagar a un jurista.
Luna asegura que a Serrano no se le permitió hablar con su familia, se lo enjuicia
y sentencia en pocos minutos y se lo traslada al aeropuerto Mariscal Sucre para ser
expatriado. Esto se cumplió a la mañana siguiente.
En marzo de 2003, el proceso de deportación fue denunciado a la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos. El 2 de noviembre de 2005, los directivos de ese organismo aprobaron
el informe de admisibilidad del caso. La Procuraduría defendió la actuación de la
Policía Nacional. (SR/AA)
Según la Procuraduría, el actual acusado de haber cometido un crimen cuádruple no es
ciudadano ecuatoriano; la Cancillería dice que el Estado reconoce la doble nacionalidad
En una carta enviada a la Comisión Interamericana de DDHH (23 de julio de 2003), la
Procuraduría señala que Serrano es estadounidense, pues "nunca manifestó su
decisión de recuperar la nacionalidad ecuatoriana a la que tenía derecho". Así
justificó la deportación.
Tres años antes, en mayo de 2000, Nelson Serrano obtuvo su pasaporte ecuatoriano en el
Consulado en Miami. Para esto presentó su cédula de identidad donde consta su lugar de
nacimiento: "Quito, Pichincha"; y su nacionalidad: "estadounidense por
naturalización".
Siete meses después, el 14 de diciembre de ese año, el Ministerio de Relaciones
Exteriores emitió un acuerdo que obliga a realizar un trámite en esa Cartera para
recuperar la nacionalidad ecuatoriana. Esto, en cumplimiento del artículo 11 de la Carta
Política que señala: "Quien tenga la ciudadanía ecuatoriana al expedirse la
presente Constitución continuará en goce de ella. Los ecuatorianos por nacimiento que se
naturalicen o se hayan naturalizado en otro país podrán mantener la ciudadanía
ecuatoriana".
La defensa de Serrano manifiesta que la Constitución está por encima de un acuerdo y que
el actual acusado de cometer una masacre hizo el trámite (obtuvo el pasaporte
ecuatoriano) antes del reglamento de la Cancillería.
Para la Procuraduría, el pasaporte es un documento de viaje que no acredita la
ciudadanía. El asesor jurídico de la Cancillería, Andrés Terán, tiene igual criterio
e indica que Serrano debió hacer el trámite ante esa dependencia, aunque lo califica de
ciudadano ecuatoriano. En un correo electrónico, enviado por el vicecanciller, Diego
Ribadeneira, al embajador en los EEUU, Luis Gallegos, consta: "las disposiciones
vigentes reconocen la doble nacionalidad como un derecho irrenunciable de los
ecuatorianos". (SR/AA)
PUNTO DE VISTA
La justicia tiene unas líneas invisibles
Este informe de BLANCO Y NEGRO aborda uno de aquellos temas en los cuales el trabajo de
reporterismo e investigación parece terminar atormentando a los propios comunicadores.
Y es que por más que se intente entender las decisiones de los tribunales de justicia, no
siempre resulta posible admitir que la ausencia de pruebas fidedignas que inculpen de un
crimen a un ciudadano puedan terminar siendo el arma más letal en contra del inculpado.
El mes pasado, un jurado de la Florida, en los Estados Unidos, condenó a muerte al
ciudadano Nelson Serrano Sáenz, ecuatoriano de 67 años, y naturalizado estadoudinense,
acusado de haber asesinado a cuatro personas en 1997.
La historia con los detalles de las pesquisas y la acción de jueces e investigadores la
tienen ustedes en sus manos y podrán sacar sus propias conclusiones.
El reportaje, que pretende reconstruir los hechos ocurridos el fatídico 3 de diciembre de
1997, parece dejar una serie de interrogantes ya que se pone al descubierto que los
investigadores arman sus propia historia, una historia no parecida a la estructurada sobre
la base de las evidencias por ellos mismos detectadas tras el crimen.
La otra parte de la investigación de este informe muestra, en cambio, el proceder de las
autoridades de migración del Ecuador que, parece, actúan al filo de la ley cuando deben
certificar la deportación de uno de sus ciudadanos, bajo el argumento de que ha perdido
la nacionalidad, lo que es desmentido por la propia Cancillería del Ecuador.
Siempre se ha dicho que la administración de la justicia es una de las actividades más
difíciles que tiene un ser humano, por todos los riesgos que implica una decisión. Por
eso, fallar a favor o en contra de una persona, a sabiendas de que esa decisión marcará
su vida, no puede ser sino un acto de responsabilidad supremo sustentado en la doctrina
jurídica y en las evidencias para no rebasar las líneas invisibles. (TFF)
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