Blanco y Negro Periodismo de Investigación
  Quito, agosto 06 de 2005

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Crónica de una cadena larga de imprevisiones


LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO concentra muchas tareas, pero a la hora de la evaluación el saldo es negativo. La falta de recursos la limita

El 25 de mayo de 2005, el presidente Alfredo Palacio expidió una reforma a los artículos 4 y 9 del Reglamento de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Lotaip), relacionados al principio de la publicidad y al sentido de la reserva. Este instrumento incluso fue destacado en su informe presidencial de evaluación de los 100 días de Gobierno.
Con esa reforma, supuestamente, se pretendía superar el último punto de discordia entre los diversos actores y poner un punto final a una serie de trabas que se habían presentado desde la publicación de la Ley en el Registro Oficial 337, el 18 de mayo de 2004.
El primer problema se presentó con las dilaciones del Ejecutivo para emitir el Reglamento, cuya promulgación estaba prevista expedir en el mes de agosto de 2004. La demora fue justificada por la diferencia de criterios sobre el texto. El ex presidente Lucio Gutiérrez, que demoró el reconocimiento oficial de la declaración de Chapultepec, finalmente promulgó el reglamento el 19 de enero de 2005.
Pero, su propuesta provocó otra discusión, pues varios sectores objetaron que, en la misma, se haya ampliado el marco de la reserva a temas que no estaban contemplados en la Ley, como la información relativa a propiedad intelectual, aquella protegida por el sigilo bancario, comercial, industrial tecnológico o bursátil, etc. La reforma del presidente Palacio limitó esa categoría a lo que establece el art. 9 sobre la calificación previa del Consejo de Seguridad Nacional (Cosena).
En el reglamento promulgado por Gutiérrez, finalmente se amplió la responsabilidad de la Defensoría del Pueblo sobre el control y seguimiento de la creación de las páginas web y su permanente actualización, concentrando varias responsabilidades en una entidad que, de por sí, tiene la obligación legal de vigilar el cumplimiento de la misma y en atender las quejas y brindar el patrocinio en los recursos de acceso.
Esa amplitud ahora revela una debilidad, que es admitida por René Maugé, asesor institucional, sobre todo a la hora de evaluar las tareas encomendadas dentro del Reglamento. Un ejemplo: la propia página web de la Defensoría del Pueblo no cumple con los requisitos contemplados en el art. 7 de la Ley.
Otro punto: la Dirección Nacional de Transparencia y Acceso de Información Pública, que fue creada a partir de la publicación del reglamento en enero, tiene un equipo de cuatro personas. Ellos deben vigilar el cumplimento de ley entre unas 5 000 entidades para ello cuentan con dos computadoras que han sido adecuadas en una sala pequeña de la Defensoría.
Para Maugé, las limitaciones económicas no fueron advertidas en el debate de la Ley. Y hoy se ven esos vacíos.
Esa economía de subistencia limita otros aspectos, como la capacitación y las tareas de promoción que también son responsabilidad de esta entidad. Un punto crucial, para Maugé, dentro del proceso de socialización de la Ley y la defensa de derechos que promueve. La deficiencia está a la vista: apenas el 10% de las instituciones obligadas a presentar informes anuales han cumplido con ese mandato. De las cuales, la mitad lo han hecho a cabalidad, lo que evidencia "el bajo nivel de conciencia".
Otro factor de medición sobre la falta de cultura en este campo, dice, es la idea que aún hay en las instituciones de que la información es propia y por eso existe la tendencia a no entregarla. (LB)

PUNTO DE VISTA

La conquista de la información

A pesar de que la Ley de Trasparencia y su Reglamento reformado están en plena vigencia, el camino por la transparencia informativa apenas ha comenzado.
Esto ratifica que en los procesos sociales complejos, si bien los recursos legales son fundamentales, se necesia una predisposición subjetiva de la sociedad, que debe fortalecer la conciencia de la importancia de la transparencia en la construcción de la democracia.
Este informe, precisamente, revela las múltiples dificultades que se interponen para que el derecho social a la información pública se ejerza en toda su plenitud. Indudablemente, hay un apego tradicional al secreto y la reserva, que ha alimentado pequeños o grandes poderes, y que ha sustentado privilegios de la burocracia. Por ello, la transparencia implica el fin de privilegios y la reivindicación de un derecho que no es de los medios de comunicación, sino de todos los ciudadanos.
Si hay conductas que, en los hechos, se oponen a la transparencia, en contrapartida todavía existe extendida una cultura que desconoce el derecho a la información, una ideología temerosa del poder del Estado y sus representantes, al más pequeño o al más alto nivel. En consecuencia, los ciudadanos no exigen la rendición de cuentas de sus representantes y se produce el divorcio de los electores con quienes ejercen el poder, lo cual es uno de los mayores dilemas del sistema democrático representativo que, por tanto, exige abrir la caja de los secretos de la Administración Pública y abrir la mente de los funcionarios. La reserva es la fuente de las perversiones políticas. (DCM)

 

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 LA LEY DE TRANSPARENCIA NO CUAJA EN EL PAÍS

Los sondeos y los datos oficiales muestran que el incumplimiento de las reglas de acceso a la información se volvió, en un año, 'un deporte nacional'.

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