Hoy, se realiza la audiencia en Corte Constitucional sobre el recurso interpuesto por Bucaram. La disyuntiva es ¿hubo o no nulidad?
El pedido del ex presidente Abdalá Bucaram para que se acepte la acción extraordinaria de protección (AEP), por supuestas violaciones a sus derechos fundamentales, enfrenta una disyuntiva: ¿puede considerarse a la nulidad de sus juicios como fuerza de sentencia?
Para el ex mandatario, la decisión del ex presidente de la llamada "Pichicorte", Guillermo Castro Dáger, de declarar en marzo de 2005 la nulidad de los juicios de la Mochila Escolar y los Gastos Reservados se decidió en derecho y llegó a ejecutarse. Por eso, calificó como una medida de facto a la decisión de revocar en 2006 esa resolución por parte del ex presidente de la Corte Suprema Jaime Velasco, pues habría afectado una decisión definitiva.
Velasco desconoció la competencia de Castro de dictar la nulidad. Considera que estaba vigente la resolución de un juez superior, como eran las Salas de Conjueces que ratificaron en 2001 los actos de llamamientos a plenario y dictaron el sobreseimiento de algunos implicados en la causa Gastos Reservados.
En su escrito a la Corte Constitucional (CC), la cual realiza hoy la audiencia, Velasco menciona que la nulidad atenta contra el principio de la cosa juzgada, contenida en la Constitución vigente bajo el mandato de que "nadie podría ser juzgado más de una vez por la misma causa".
En esa circunstancias, se habla de actos de juzgamiento. En efecto, la Sala de Conjueces dictaminó el sobreseimiento definitivo de Fernando Rosero, Jaime Espinosa (ambos contralores titular y subrogante, respectivamente) y Marco Albuja (coordinador de Presidencia, en 1997). La nulidad trastocaría su absolución.
Para el caso señalado, los tres sindicados habían obtenido previamente absoluciones provisionales por parte del ex presidente de la Corte Suprema de Justicia Héctor Romero Parducci, quien consideró que pese a constatarse la existencia de delito (uso indebido de los gastos reservados) no se había hallado suficientemente la responsabilidad de los tres sindicados.
En el proceso de la Mochila Escolar, la revocatoria de la nulidad de Velasco quedó ratificada luego con acciones de juzgamiento, como fue el caso de la ex ministra de Educación Sandra Correa, quien fue detenida en junio de 2006 y sentenciada en enero de 2007, a tres años de reclusión menor ordinaria. (LB)
Hora GMT: 17/Marzo/2010 - 05:04
