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Un caso bancario

Publicado el 12/Septiembre/2008 | 00:06

Por Claudio Mena Villamar


El caso "West Merchant Bank" me ha permitido conocer algo que no había pensado que pudiera ocurrir en nuestra justicia, en su estrato más alto, que es el de la Corte Suprema.

Se trata de un caso que ya había causado alarma en la opinión pública, debido a la expedición de una sentencia condenatoria en un proceso penal contra personas que eran miembros del directorio del Banco Popular de Quito.

He leído en BLANCO y NEGRO del 8 de septiembre una prolija investigación periodística que realmente desconcierta, debido a una sentencia de la Segunda Sala de lo Penal de la CSJ que condena a personas inocentes que no cometieron dolo ni culpa, lo cual configura uno de las más graves errores que puede darse en el Derecho Penal de cualquier país del mundo.

Este juicio se inició contra los vocales del directorio que votaron a favor de una operación financiera con el West Merchant Bank realizada el año 1998, en la forma cómo lo hace el directorio de cualquier banco o empresa, en vista de los informes favorables para la operación presentados por el gerente en la sesión respectiva.

Durante un año y dos meses se cumplieron las estipulaciones del convenio, sin que exista ninguna impugnación del órgano de control, que es la Superintendencia de Bancos, respecto a una operación que, además, fue aceptada por las auditorías de Price Waterhouse y Deloitte.

En el peor de los casos para un inculpado, existe una importante garantía para él y que debe ser aplicada por los jueces, constante en el aforismo jurídico indubio pro reo, que significa que cuando se presenta un error o duda en el proceso, los jueces deberán colocarse en la situación que favorezca al acusado.

Esta norma debió aplicársela justamente, pero no lo fue, debido al grave error cometido por el tribunal de aplicar retroactivamente la ley penal, en lugar de hacerlo con la ley vigente en la fecha de la supuesta infracción.

Varios errores procesales ha denunciado el abogado defensor de uno de los vocales injustamente implicados en el caso, como es que el fiscal en una audiencia haya amenazado a los magistrados jueces con un juicio penal en caso de emitir un fallo condenatorio.

Un ex magistrado como el doctor Jorge Andrade Lara, de quien tengo un magnífico concepto como jurisconsulto, ha denunciado en la entrevista periodística que "el elemento indispensable del delito de peculado es el dolo, el conocimiento e intención del sujeto activo de aprovecharse de recursos o bienes entregados a su custodia, administración o disposición, con la finalidad de perjudicar a la víctima." También señala como grave falta que la Sala no haya tomado en cuenta los informes de la sesión del Directorio que sirvieron para la indicada operación financiera.

Errar es humano, pero cometer yerros graves en un asunto penal es lo más grave que puede cometer un juez o tribunal.

cmena@hoy.com.ec

Hora GMT: 12/Septiembre/2008 - 05:06

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