La Asamblea Constituyente postergó la aprobación del Mandato 02 que regula las remuneraciones de los servidores públicos y el monto de las indemnizaciones por supresión de partidas y renuncias o retiros voluntarios para acogerse a jubilación de los funcionarios públicos y el sector docente fiscal.
En lo substancial, el Mandato fija como techo para las remuneraciones un máximo equivalente a 25 salarios básicos unificados del trabajador privado, es decir, ahora, un máximo de $5 000; no obstante, el Mandato 02 permite excepciones salariales de $3 000 adicionales.
También fija máximos para el caso de liquidación o indemnizaciones por retiro voluntario o renuncia para jubilarse, por un equivalente de hasta siete salarios mínimos básicos por cada año de servicio y hasta un monto máximo de 210 salarios, es decir, ahora, un techo de $42 mil.
Esas disposiciones buscan corregir las distorsiones por las disparidades que se han creado en ciertos sectores de la llamada burocracia dorada.
Sin embargo, la cuestión de fondo es la homologación salarial, tema complejo en el cual el país no ha avanzado lo suficiente, conciliando la carrera de servicio público con la estabilidad y el incentivo salarial para la excelencia del desempeño de los funcionarios.
Otra fuente de distorsiones no quiere ser tocada por los asambleístas: la contratación colectiva, que tiene también sus entidades doradas, con beneficios excesivos y prebendas en relación con los demás servidores públicos.
Hora GMT: 24/Enero/2008 - 05:00 Fuente: Diario HOY Ciudad Quito













