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Sumarios administrativos… a la carta

Publicado el 28/Mayo/2012 | 00:54

Ambos juristas sostienen que un veto presidencial "no podrá incluir materias no contempladas en el proyecto"


Xavier Neira Menéndez

xnm1947@hoy.com.ec




Últimamente, son múltiples los casos en que se aplican sumarios administrativos contra algún funcionario público cuando desobedece instrucciones -sean o no legales- dispuestas por quienes detentan el poder o sus esbirros. Dos hechos lo confirman.

En el primero, el inefable Corcho, en el colmo del servilismo, ha dispuesto un sumario administrativo contra el Dr. Pablo Vásquez, abogado de la Asamblea en la audiencia convocada por la Corte Constitucional (CC) para tratar la demanda de inconstitucionalidad de artículos reformatorios del Código de la Democracia. El Corcho lo acusa de "alterar gravemente el orden institucional con su exposición". Antes, había cancelado al Dr. Juan F. Alvear. Ambos juristas sostienen que un veto presidencial "no podrá incluir materias no contempladas en el proyecto", como manda imperativamente el art. 138 constitucional. Y como el veto se extralimitó al haber incluido temas no debatidos durante la aprobación de las reformas, no era pertinente considerarlas. Eso molestó al Corcho, que removió al Dr. Alvear y dispuso sumario administrativo contra el otro desobediente (Dr. Vásquez), olvidándose de que él puso por escrito lo que el Dr. Vásquez repitió en la audiencia de estrados, a más de que, el desmemoriado corcho, autorizó a ambos a "que me representen y suscriban individual o conjuntamente cualquier petitorio dentro de esta causa", como dice el documento hecho público. ¡Una vergüenza mas que humilla a la Asamblea!

En el otro caso, según carta pública al presidente Correa, se denuncia que el procurador de la Superintendencia de Bancos (SB), Dr. Renán Mosquera Aulestia, presentó queja contra un juez por sus actuaciones en una acción de amparo constitucional y logró que el Consejo de la Judicatura (CJ) suspendiera a ese juez. Lo incomprensible es que Mosquera contradice la tesis del superintendente Solines, quien acató la sentencia judicial dictada dentro de ese amparo, que, al parecer, disgusta a su subalterno. El CJ sin revisar antecedentes suspendió al juez cuestionado, sin empaparse debidamente del caso antes de adoptar esta medida cautelar. Lo suspendió y dispuso que se "inicie el correspondiente sumario disciplinario" en contra del juez. Según se conoce, si dicha sentencia se ejecuta, se podrá devolver -como lo pregona el presidente Correa- a los perjudicados por el cierre del Banco de los Andes, sus depósitos. Son mas de 15 mil ecuatorianos a quienes, al fin, se les haría justicia. Cabe preguntar ¿qué intereses protege Mosquera por su cuenta y riesgo?

Las sanciones disciplinarias del CJ tienen que ver con faltas administrativas en que incurran sus servidores pero no pueden aplicarse -como en este caso- en función de denuncias no fundamentadas, peor aún si Mosquera discrepa con el criterio del Superintendente Solines quien acató el fallo que ahora cuestiona su subalterno. ¿Quién es entonces la voz oficial de la SB?

Parecen sumarios administrativos a la carta. ¿Y el debido proceso?, ¿y las garantías ciudadanas? ¿Quién responde por estos abusos del CJ que no se molesta en interrogar al juez cuestionado y actuar luego de escuchar a las partes? ¿Se olvidan -en pleno garantismo- que la Constitución ordena que nadie puede ser privado del derecho a la defensa en ninguna etapa o grado del procedimiento, según manda el art. 76 constitucional?

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Autor: Xavier Neira Menéndez - Ciudad Quito

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