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Suicidio presidencial

Publicado el 14/Julio/2008 | 00:00

La Asamblea Constituyente aprobó en segundo de debate el marco normativo de la Función Ejecutiva dentro de la nueva Constitución. Se trata, sin duda, de un tema central de la reforma política, puesto que define las características del nuevo presidencialismo ecuatoriano. Como queda claro del texto aprobado, la Asamblea optó por conservar el sistema presidencial frente a otras opciones que se habían planteado en el debate.

La forma cómo podrá usar el presidente la nueva facultad resulta muy compleja y controversial. Podrá el presidente disolver la Asamblea Nacional cuando a su juicio a) esta se hubiera arrogado funciones que no le competen constitucionalmente, para lo cual, sin embargo, deberá tener la aprobación de la Corte Constitucional; b) cuando considere que de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo; y c) por grave crisis política y conmoción interna. Del texto aprobado se desprende que las dos últimas opciones quedan a criterio exclusivo y subjetivo del presidente de la República.

Pero lo más extraño de la nueva fórmula es que si el presidente disuelve el Congreso, lo que puede hacer dentro de los primeros tres años de su mandato, deberá convocar inmediatamente a elecciones incluyendo la de presidente de la República. Los representantes que ganen las nuevas elecciones ejercerán sus cargos por el tiempo que reste para completar el período de cuatro años. De esta manera, hipotéticamente podríamos tener elecciones para elegir un nuevo Congreso y un nuevo presidente que durarán un año en sus funciones. No parece una fórmula ni muy lógica ni muy práctica ni muy sensata para ser aplicada, de un lado. Y de otro, en caso de ser utilizada, generará un ambiente de tanta incertidumbre electoral que el país se paralizará apenas el presidente decida usar la nueva facultad.

Tampoco está claro qué se quiere al otorgarle al presidente este poder enorme, solo reconocido en los regímenes políticos modernos a los primeros ministros dentro de los sistemas parlamentarios. Si el propósito es disuadir al Congreso para que no obstruya la gestión del presidente, la fórmula es completamente inadecuada porque difícilmente un presidente correrá el riesgo político de poner a disposición del país su cargo, mucho menos si carece, como es lo habitual, de amplios respaldos populares. Si la fórmula parece poco viable para hacer aplicada, entonces los objetivos que se persiguen con ella estarán lejos de lograrse. Todo hace pensar que esta inédita e insólita facultad que se le otorgará al presidente funcionará, literalmente, como un tiro por la culata. ¿Habrá un presidente tan loco que quiere suicidarse políticamente para salir de una crisis de pugna de poderes?

Hora GMT: 14/Julio/2008 - 05:00 Fuente: Diario HOY Ciudad Quito

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