Aunque se ofreció no elaborar el proyecto de nueva Constitución como un traje a la medida del Gobierno, sino elaborarlo con una orientación incluyente, que permita el más amplio consenso ciudadano, el régimen de transición, aprobado a último momento por la Asamblea de Montecristi y regulado por las disposiciones transitorias del proyecto, está hecho en función del predominio político del Gobierno y sin mínimos criterios del necesario balance democrático.
En el caso de que el Sí se imponga a la suma de los votos por el No, de los votos nulos y blancos, la Asamblea Constituyente se reunirá otra vez para nombrar la Comisión de Legislación o congresillo, que cuenta con poderes generales para legislar y el encargo expreso de elaborar las leyes de la Función Judicial, del Consejo de la Judicatura y del Consejo de Participación Ciudadana, además de otras que podría dictarlas, como la que regule la Corte Constitucional o la que regule la Comunicación.
Esa Comisión nombrará al Consejo de la Judicatura que, a la vez, designará a los magistrados de la Corte Nacional de Justicia. A la par, el congresillo nominará al primer Consejo de Participación Ciudadana y de Control Social
La Asamblea designará también al Consejo Electoral y al Tribunal Contencioso Electoral.
Es decir, no solo la función de legislar y fiscalizar estará en manos de la mayoría gubernamental, sino la integración de la Función Judicial y el predominio en la electoral, y en la novísima de participación ciudadana control social.
Hora GMT: 16/Agosto/2008 - 05:00 Fuente: Diario HOY Ciudad Quito
