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Razones públicas

Publicado el 26/Diciembre/2008 | 00:13

Por Marena Briones Velasteguí


Acaba de llegar a mis manos un libro que me apresuro a saborear. El original fue bautizado en 2003 como The Law as It Could Be. Sugerente título, que la traducción al español -en 2007, editada por Marcial Pons y trabajada por Esteban Restrepo- transformó en El derecho como razón pública. Los ensayos que lo integran provienen del apreciadísimo profesor de la Universidad de Yale, Owen Fiss, de quien no solamente se celebra su aguda inteligencia de polemista jurídico, sino también su calidad humana, su actuar comprometido y su vocación progresista.

Fiss fue secretario de la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos de América. Enseña Derecho Procesal, Teoría del Derecho y Derecho Constitucional. A mediados de este año estuvo en la Argentina, invitado por la Universidad de Palermo y la Asociación por los Derechos Civiles para hablar sobre la libertad de expresión. Entonces, en una entrevista ofrecida a La Nación afirmó: "La libertad de expresión no significa que cada cual diga lo que quiera, sino garantizar que todo lo que haya que decir sea dicho, y que los ciudadanos cuenten con la información necesaria para poder evaluar a los gobiernos.

Por eso, cuando los presidentes se niegan a dar conferencias de prensa están ejerciendo una forma de censura. Un presidente democrático, un candidato democrático, nunca ataca a los medios, sino que, en todo caso, defiende sus posiciones frente a la opinión pública".

Provocadoramente interesante esa lectura de Fiss. Pero, lo es mas aún su tesis de que "el derecho es una expresión de la razón pública y suministra una estructura a nuestra en vida en común. Los jueces son instrumentos del derecho y encarnan esa razón. Su función consiste en evaluar la realidad práctica a la luz de los valores que el derecho dota de autoridad, y en hallar las vías adecuadas para adaptar la realidad a esos valores". Tesis provocadora y provocativa, porque, como el mismo Fiss señala en el prefacio a la obra mencionada, se trata de una tesis que hoy está pasada de moda. Resulta evidente, dice, que no son pocas las tensiones que se producen entre la ansiada independencia judicial y los proclamados valores democráticos, o que la burocratización de la judicatura ha incidido considerablemente en la merma de la fuerza autoritativa de los jueces, o que casi nadie cree ahora en que los jueces estén dispuestos a usar la razón. Y, por otra parte y de diversas maneras, ha sido sobrevalorado el carácter individual de los asuntos sometidos a resolución judicial, en detrimento de la proyección social que todo derecho conlleva. Lo que Fiss sostiene es que lo que les corresponde a los jueces es dar sentido concreto a los valores públicos contenidos en el derecho; y que, en esa tarea, están obligados a ser personalmente responsables de sus decisiones y a justificarlas con razones públicas aceptables. En lo esencial, Fiss tiene mucha razón. Todo decisor público está obligado a exhibir siempre cuáles son las "razones públicas" que fundamentan sus decisiones. ¿Qué tal si hacemos de 2009 el año ecuatoriano de las razones públicas?

mbriones@hoy.com.ec

Hora GMT: 26/Diciembre/2008 - 05:13

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