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Obsesión de controlar a los medios

Publicado el 11/Marzo/2010 | 00:10

Por Carlos Jijón
carlosj@hoy.com.ec

El Ejecutivo ha planteado, a través de un veto al Proyecto de Ley de Participación Ciudadana que se tramita en la Asamblea, que los medios de comunicación estén obligados a rendir cuentas ante el llamado Consejo de Participación Ciudadana, que también en estos días se integra en el Consejo Nacional Electoral. En teoría, no se trata nada más que de entregarle a la sociedad un instrumento para que pueda ejercer regulaciones sobre una actividad de tanto interés público como la del periodismo y la comunicación. En realidad, de lo que se trata, es de crear una instancia para que el poder político pueda controlar la información y el derecho a expresarse libremente de los ciudadanos.

Empecemos por el comienzo. ¿A quién representa el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social que se creó en la última Constitución? Desde el punto de vista doctrinario, yo siempre he discrepado de la legitimidad democrática de un consejo de personas a las que no ha elegido nadie ni tampoco son designadas por alguna autoridad fruto de una elección. En democracia, solo el sufragio de la mayoría concede poder a las personas y les otorga legitimidad para que puedan controlar las actividades de los otros. ¿A quién puede representar, con qué derecho puede controlar lo que hagan los demás, una persona a la que nadie ha elegido?

La realidad es peor aún. Según han declarado los propios triunfadores del proceso de selección, manejado por el Consejo Nacional Electoral (esa responsabilidad no debe ser soslayada, porque es histórica), la mayoría de ellos tiene o ha tenido relación con el partido de Gobierno y con uno de sus aliados, el Movimiento Popular Democrático. Así que no ha sido que no representan a nadie, sino que, por el contrario, existen indicios muy claros de que van a representar a un grupo de políticos que, sin haber ganado las elecciones, elegirán al contralor, al fiscal, al procurador, a los superintendentes de Compañías, de Bancos y de Telecomunicaciones, al Consejo Nacional Electoral, y que, además, podrán exigir cuentas a las empresas privadas que se dediquen a la empresa de la información.

Quiero aquí hacer una digresión, porque alguien podría replicar que el Gobierno ha ganado las elecciones. Y quiero precisar que el movimiento Alianza País no obtuvo la mayoría de las bancas en la Asamblea Nacional y que no hace mayoría ni siquiera con los votos del MPD. Si la designación de las autoridades de control se realizara en la Asamblea, con los representantes elegidos por el pueblo, Alianza País y el MPD no podría elegirlos alegremente. Y quiero agregar también que, aunque hubiera ganado las elecciones, un Gobierno no tiene derecho a controlar políticamente a los medios de comunicación. En las democracias, en las naciones de hombres y mujeres libres, somos los ciudadanos los que tenemos el derecho de controlar a los políticos. El veto enviado por el presidente de la República contraviene gravemente ese principio republicano y democrático. Los asambleístas, la sociedad, los partidarios de la libertad, tenemos un mes para impedirlo.

Hora GMT: 11/Marzo/2010 - 05:10

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Comentarios

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  1. 1 J. LORENZO SAA B. desde - AMBATO

    CONCESIONAR el EJERCICIO de un DERECHO.

    LA EMPRESA PRIVADA COMO PRESTADORA ('dadora') de SERVICIOS PÚBLICOS...

    ...LA PRESTACIÓN (dación- entrega) DE SERVICIOS (al-para el) PÚBLICO/S, implica FUNDAMENTAL y NECESARIAMENTE el EJERCICIO de un DERECHO, a la vez: el cumplimento de ciertas OBLIGACIONES (Deberes); ésta es realmente la facultad (el derecho) que el Estado CONCEDE-DELEGA, para que sea ejercida por terceros en el campo (entre muchos otros de variada índole y naturaleza) de las COMUNICACIONES.- Esto implica facultar al sector del mercado -empresas, personas privadas-, para 'dar'-ofrecer-entregar, "prestar" un SERVICIO PÚBLICO.

    LA COMUNICACIÓN COLECTIVA (Al colectivo, al público = 'a, para todos'), es facultad de competencia exclusiva y, UN DERECHO de ejercicio PRIVATIVO en DOMINIO del ESTADO.- (Art. 261, Núm.10 Constitución Republicana).

    El brazo ejecutor de este (del Estado) es el GOBIERNO de turno, el mismo que DEBE (imperativo-compulsorio) EJERCER este derecho DIRECTAMENTE (Medios de comunicación OFICIALES); alternativamente, PUEDE (discrecional) DELEGAR - CONCEDER el EJERCICIO DE ESTE DERECHO y facultad exclusivas, a terceros del sector PRIVADO.

    EL uso y aprovechamiento -comercial o no- de "LAS FRECUENCIAS" (Las ondas Hertzianas), la herramienta -el camino- la vía, necesariamente estarán permanentemente AFECTAS-VINCULADAS (Serán consustanciales) al ejercicio del derecho para la prestación del servicio de comunicaciones (al-para el público), igual que lo está cualquier medio de transporte colectivo ("Bus") al transporte de "pasajeros".- NOTA.- (Las carreteras, caminos, etc., son también medios de comunicación, pero si a UD. no le han CONCEDIDO previamente una licencia de manejo, no puede, ni debe EJERCER EL DERECHO -porque no lo tiene- de manejar su automotor, o lo que sería mas grave aún, prestar el SERVICIO PÚBLICO de transportar -comercialmente o no- a terceras personas en el! )...

    Los MEDIOS DE COMUNICACIÓN, tanto los del sector OFICIAL cuanto los PRIVADOS, son los prestadores-'dadores'-'entregadores' de SERVICIOS PÚBLICOS (Al-para el público) por excelencia; la entrega de este SERVICIO, al igual que el de abastecimiento de agua potable o el de energía eléctrica, entre otros, son una facultad PRIVATIVA EN DOMINIO DEL ESTADO. (Ergo: de TODOS los ecuatorianos).-

    ENTONCES: SIENDO LOS MEDIOS PRIVADOS PRESTADORES DE SERVICIOS PÚBLICOS, quienes (los que) EJERCEN ESTE DERECHO POR D-E-L-E-G-A-C-I-Ó-N / C-O-N-C-E-S-I-Ó-N de TODOS NOSOTROS, estimo que es procedente, se considere la posibilidad de que las actividades específicas, que al tenor de estos principios desarrollan anotados medios de comunicación colectiva, estén obligatoriamente sujetos al control estatal, y rendir cuentas a los ciudadanos.

    Saludos de Ambato

  2. 1 Carlos Jijón desde - Guayaquil

    Es falso que la comunicación colectiva sea una facultad de competencia exclusiva y un derecho de ejercicio privativo en dominio del Estado. Todos los ciudadanos tenemos derecho a informar y a expresarnos libremente, a conformar empresas para informar y expresarnos. La libertad para opinar, informar, o informarnos no es una concesión del Estado, sino que proviene del derecho natural. Con todo respeto, creo que el argumento del señor Saa es una falacia que conduce al totalitarismo.

  3. 1 Carolina Barreiro desde - Guayaquil

    NO SE ENTIENDE EL PORQUÉ TODOS LOS MEDIOS PRIVADOS DEL ECUADOR TIENEN QUE SOMETERSE A LAS REGLAS QUE QUIERE IMPONER CORREA, QUE TIENE LA OBSECIÓN DE MANEJAR A TODOS Y A TODO EN EL PAÍS. CORREA PRIMERO DEBE VENDER LOS MEDIOS INCAUTADOS A LOS ISAÍAS, NO TIENEN PORQUÉ HACER USO PERSONAL DE ELLOS, ESOS MEDIOS NO LE PERTENECEN, LOS USA PARA PAGAR FAVORES POLÍTICOS, PARA QUE LE ENTREVISTEN OBVIAMENTE HACIENDO ÉL LAS PREGUNTAS, PARA ESO SIRVEN ÉSTOS MEDIOS INCAUTADOS, PARA QUE CORREA QUE NUNCA TUVO NADA, AHORA SE SIENTA HASTA DUEÑO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN QUE NO SON DE ÉL COMO PARA QUE HAGA LO QUE LE DÁ LA GANA. ESO ES LO PRIMERO QUE DEBE HACER CORREA CON ESOS MEDIOS Y DEJAR DE METERSE CON LOS PRIVADOS, ÉL EN ESO NO TIENE NADA QUE VER.

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