La posibilidad de deducir los gastos en alimentación, vestimenta, educación, salud y vivienda del pago del Impuesto a la Renta (IR) ha provocado un inusual interés de la gente por conocer la normativa tributaria.
Los contribuyentes en relación de dependencia tuvieron que familiarizarse con términos como ingresos gravados o proyección de gastos para acceder a este beneficio. Algunas empresas han pedido a sus empleados que entreguen los formularios para poder adelantar la información y realizar ellas el cálculo, con los datos de gastos que presente el trabajador.
Según la resolución del SRI, los trabajadores deben presentar a su empleador, solamente, un formulario de proyección de los gastos personales que consideran incurrirán durante el año.
Con esa información, los empleadores -que se consideran agentes de retención del IR- deberán considerar los gastos personales para calcular la retención que es efectuada mensualmente.
Según explicaron los técnicos del SRI, los contribuyentes no están obligados a entregar a su patrono las facturas que respalden los gastos que incluyó en el formulario. Será obligación del empleador conservar este documento (el formulario) por al menos 7 años y del empleado, en igual periodo, conservar los comprobantes de venta que lo sustenten (los gastos), dice la resolución 0621, del SRI.
Con una ventaja adicional: los contribuyentes no tienen un límite de tiempo para presentar su proyección de gastos. En estricto sentido no existe plazo, dijo, ayer, Carrasco.
Los dos únicos plazos que los contribuyentes deben tomar en cuenta son en los meses de octubre y marzo.
Sin embargo, si la proyección de los gastos se presenta este mes, el próximo ya la empresa no descontará el impuesto de forma mensual. Si no se presenta la información, sí lo hará.
En octubre los empleados están obligados a presentar un nuevo formulario para que los pagadores sepan cuánto mismo deben pagar y lo ajusten en el rol, explicó.
Y en marzo, los contribuyente tendrán que hacer la declaración del IR ante el SRI. Muchas veces el empleado cree que la empresa tiene que hacer todo pero la declaración es personal, dijo el funcionario.
En ese momento es que los empleados podrían recuperar los valores que podrían haber sido retenidos en exceso con la correspondiente solicitud de devolución de pago en exceso. (IGF)
Una ibarreña ganó lotería
Carolina Terán Narváez, de Ibarra, fue la ganadora del premio mayor del primer sorteo de la Lotería Tributaria, que se realizó el domingo pasado.
Terán recibirá 50.000 dólares, en efectivo. Hasta la mañana, de ayer, la ganadora todavía no se había contactado con el SRI.
Enrique Medina Gavilánez, de Quito, se hizo acreedor al segundo premio de $ 25.000 y John Argüello Córdova, también de Quito, se llevó el tercer premio por 10.000 dólares.
En el primer sorteo hubo 63.017 participantes, según Rentas Internas.
Anomalías en declaraciones fiscales
SRI controla a sector financiero
El Servicio de Rentas Internas (SRI) encontró anomalías en las declaraciones fiscales de algunas empresas del sector financiero: pagaron 22,5 millones de dólares en Impuesto a la Renta (IR), cuando debieron cancelar $ 68,3 millones.
Marcelo León, director de la Regional Norte, informó que se han iniciado 72 determinaciones para los periodos fiscales 2000 a 2005, a instituciones que operan en esa jurisdicción, dentro de las cuales 62 corresponden a procesos de revisión de Impuesto a la Renta, 6 de retenciones en la fuente de Impuesto a la Renta y 4 de Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Producto de las auditorías se determinó que una de las fallas encontradas en el mercado financiero, donde operan bancos, cooperativas, mutualistas y sociedades financieras, fue el exceso de provisiones, en 110 millones de dólares, de la cartera de crédito, así como gastos no deducibles por documentos no válidos.
El SRI encontró además que algunas de las empresas que pertenecen al sector financiero declararon sueldos y salarios sobre los cuales no se hicieron aportaciones al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
También un exceso en la depreciación de los activos fijos y en la amortización de inversiones. Otros mecanismos encontrados fueron las excesivas declaraciones en gastos de gestión de provisiones patrimoniales, consideradas en la conciliación tributaria, sin pasar por el estado de pérdidas y ganancias.
Todas estas auditorías han sido efectuadas desde el 2004 hasta la fecha, según el funcionario del SRI. (WMA)
Para no olvidar
Exija la factura para deducir
Si compra en un mercado o tienda, o almuerza en un restaurante donde no entregan facturas, el siguiente gasto realícelo en un sitio donde sí le den un comprobante, en el cual debe constar su nombre.
Los gastos en salud se deducen
Todo pago que se realice en salud, sea en farmacias, recetas, honorarios médicos o seguros médicos pueden ser presentados para la deducción de impuesto. Incluso el gasto no asumido por las aseguradoras.
Vestimenta se podrá incluir
La ropa que compren los contribuyentes a título personal o para su familia también podrá ser deducida como gasto para reducir su pago de Impuesto a la Renta. Por ello se recomienda pedir las facturas.
Canjee recibos del colegio
Si paga la pensión del colegio a través de alguna institución financiera, canjee el recibo por una factura en el respectivo colegio. Recuerde que también puede deducir el gasto que realice en viviendas.
Pedir facturas por separado
Una recomendación es solicitar a los establecimientos que entreguen las facturas por separado de las compras deducibles de las no deducibles, de esa manera, será más fácil presentar esos gastos.
Cifra
$ 45,5 millones es el monto adicional que debieron pagar en Impuesto a la Renta algunas empresas financieras.
Hora GMT: 01/Julio/2008 - 05:00 Fuente: Diario EXPRESO Ciudad Quito
