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Municipio rechaza sentencia que impide colocar busto en honor a Febre Cordero

Publicado el 11/Octubre/2012 | 15:44

Municipio rechaza sentencia que impide colocar busto en honor a Febre Cordero

El Concejo Cantonal de Guayaquil aprobó este jueves una resolución contra la sentencia de segunda instancia que impide la colocación del monumento en honor al expresidente de la República León Febres Cordero (LFC) en la explanada del Fortín del barrio Las Peñas.

En la sesión, el alcalde Jaime Nebot dijo que la sentencia emitida el pasado 9 de octubre por la Segunda Sala de lo Civil y Mercantil del Guayas es nefasto y por ello se acogen al derecho a la resistencia.

La sentencia de la Segunda Sala de lo Civil responde a la apelación que el Cabildo puso contra la acción de protección que interpuso la agrupación Diabluma, para que el busto del mandatario no sea colocado en un lugar céntrico de la ciudad porteña.

El busto tallado en España por Víctor Ochoa en honor a LFC que el 5 de marzo llegó al Puerto de Guayaquil, permanece en la aduana.

Por eso, Nebot comandó la instalación de un obelisco provisional en La Planchada del Fortín, sin embargo, la resolución de la Corte también ordena retirar el monumento del lugar porque es una zona considerada patrimonio cultural.

Resolución del Concejo Cantonal

El Concejo Cantonal considerando que la Constitución de la República y el Código Orgánico de Organización, Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) instituyen a favor de los Gobiernos Municipales, el goce de la autonomía, así como las competencias exclusivas sobre el uso y ocupación del suelo del cantón; además de preservar, mantener y difundir su patrimonio arquitectónico, cultural, natural y construir los espacios públicos para estos fines.

Que, la Segunda Sala de lo Civil y Mercantil del Guayas con fecha 9 de octubre del 2012 expidió una “sentencia” espuria, violatoria de la Constitución, la ley y la autonomía municipal, dentro de la Acción de Protección contra este Cabildo, respecto a la colocación del monumento en homenaje al ex alcalde León Febres-Cordero Ribadeneyra.

Que, mediante esta vía judicial de hecho, no sentencia, los jueces han prevaricado y se han arrogado funciones al pretender legislar con carácter general y han mentido descaradamente, al obviar pruebas y mediciones técnicas, georreferenciales, que demuestran fehacientemente que, sin perjuicio de lo indicado en el considerando primero, el sitio asignado para la colocación del monumento, no es una zona patrimonial ni de influencia.

Que, el Art. 98 de la Constitución consagra: “los individuos y los colectivos podrán ejercer el derecho a la resistencia frente a acciones u omisiones del poder público o de las personas naturales o jurídicas no estatales que vulneren o puedan vulnerar sus derechos constitucionales y demandar el reconocimiento de nuevos derechos”.

En ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 5, 6, 55 letras b) y h), y 57 letra a) y 144 del Código Orgánico de Organización, Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD).

Resolvió

Rechazar la vía judicial de hecho utilizada por el poder público porque viola flagrantemente la autonomía y el ejercicio de las competencias exclusivas de la Municipalidad de Guayaquil que se encuentran establecidas en la Constitución y el Código Orgánico de Organización, Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD).

Ejercer el derecho a la resistencia contra la citada vía judicial de hecho, estipulado en el artículo 98 de la Constitución, por cuanto los derechos y competencias de este Cabildo y de todo el municipalismo ecuatoriano están siendo conculcados por acciones del poder público y autorizar a sus representantes judiciales a adoptar las medidas legales pertinentes para aplicar ese derecho sin perjuicio de las acciones penales contra los jueces que han prevaricado y se han arrogado funciones.

Notificar al Servicio de Aduanas del Ecuador que no se desaduanizara el monumento porque se resistirá esa “sentencia” espuria por constituir una vía judicial funesta.

Condenar y repudiar la ilegal e ilegítima e inaceptable pretensión de desalojar (demoler) el monumento que la ciudadanía y el Cabildo de Guayaquil colocaron legal y legítimamente para honrar la memoria de su ex alcalde León Febres- Cordero.

Responsabilizar al poder público de lo que pudiere ocurrir si se atenta físicamente contra el citado monumento, mancillando la memoria de León Febres-Cordero y despreciando el deseo mayoritario de los guayaquileños de honrarla, pues estos actos constituyen una provocación al pueblo que, indignado, quizás desaloje la guarida de los jueces corruptos y sumisos y de los funcionarios públicos atrabiliarios que les han ordenado violar la ley, irrespetar la historia y ofender a Guayaquil.

Antecedentes

Representantes del Municipio de Guayaquil acudieron el lunes 24 de septiembre a la Corte Provincial de Justicia del Guayas a una audiencia de estrados con los miembros del Tribunal de la Segunda Sala de lo Civil, Mercantil, Inquilinato y Materias Residuales, presidida por Dora Moreano Cuadrado, con la finalidad de argumentar jurídicamente la defensa del Recurso de Acción de Protección No. 152-2012.

Moreano se ha pronunciado en segunda instancia sobre la apelación del Municipio de Guayaquil ante la resolución expedida el 22 de febrero en una audiencia que convocó el juez suplente Octavo de Garantías Penales, Manuel Prieto, en el Cuartel Modelo de Policía, donde resolvió en primera instancia a favor del colectivo Diabluma.


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lvasconez - en Diario HOY - Noticias de Ecuador.

Comentarios

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  1. 1 INDEPENDIENTYE desde - Cuencxa

    Hasta donde llega la miseria humana. Quienes hoy "rechazan" el monumento a Febres Cordero gozaron de su influencia. Felizmente la historia no perdona, por lo que estoy seguro que estos mismos fariseos le negarán espacio para su actual amo dictador que, como todos sabemos piensa con la izquierda pero come con la derecha.

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