La migración de los contratos petroleros de participación a los contratos de prestación de servicios ha levantado varias críticas por parte de las propias empresas petroleras y de varios sectores del país. Según el ministro de Petróleos, Galo Chiriboga, el Gobierno optó por los contratos de prestación de servicios porque son los que más se ajustan a la política que aplica el estado de soberanía de recursos naturales, por la sencillez con que se pueden aplicar estos acuerdos y por el equilibrio económico que se puede conseguir.
"Con un precio del crudo tan elevado, la mejor opción son los contratos de servicios donde ambas partes (el Estado y las petroleras) pueden obtener réditos", aseveró.

Jorge Pareja, ex ministro de Petróleos, concuerda con ello, sin embargo, señaló que en esta modalidad es necesario que exista una cláusula que permita al Estado regresar a los contratos de participación, en caso de una caída de los precios del crudo, ya que si eso sucede "sería imposible que el Ecuador sostenga esta modalidad de contratos", sostuvo.
Una opinión contraria tiene Fernando Saltos, también ex ministro de esa Cartera. Él consideró innecesario el cambio de modalidad, ya que, a su juicio, en cualquier tipo de negociación contractual se pueden llegar a buenos términos.
"Si se modifican algunos términos en el actual contrato de participación se pueden conseguir grandes beneficios sin la necesidad de cambiar de tipo de contrato", señaló.
Existen cuatro tipos de contratos para la explotación de crudo que se consideran los más comunes. Estos son: de participación, de presentación de servicios, de campos marginales y de servicios específicos.
El contrato de participación consiste en que la compañía y el Estado participan de la producción de crudo en los términos acordados y que se definen por la cantidad de barriles que se producen, según señala José Sánchez, técnico del Ministerio de Minas y Petróleos.
En los contratos de prestación de servicios, por otro lado, el Estado reconoce a los costos y gastos además de cancelar una tasa de servicio fijado por cada barril extraído. Los contratos de servicios específicos en cambio consisten en el pago por extracción del crudo al igual que en el de campos marginales, que son pozos lejanos y de baja producción. (SS)
Hora GMT: 24/Junio/2008 - 05:00 Fuente: Diario HOY Ciudad Quito
