En la controversia internacional. Aún no se fija el monto de indemnización
El tribunal del Ciadi determina que el Estado incurrió en una expropiación violatoria del Tratado de Inversiones, al asumir la operación de los bloques 7 y 21 que la petrolera operaba en la amazonia
Un nuevo revés sufre el Ecuador con el laudo del tribunal arbitral del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), que falló contra el Estado, en favor de la petrolera Burllington, por considerar que realizó una "expropiación ilegal" de las inversiones efectuadas.
El laudo emitido indica que violó el acuerdo bilateral de inversiones, al expropiar "ilegalmente” los recursos invertidos en los bloques amazónicos 7 y 21, que Burllington operaba en consorcio con la francesa Perenco.
El monto a favor de la compañÃa se establecerá una vez descontados los valores que adeuda al Estado por la aplicación de la Ley 42 y conceptos derivados de las contrademandas presentadas por el Estado en 2011 por daños ambientales y falta de mantenimiento de los bloques a su cargo.
La ProcuradurÃa informó que el Estado asumió la operación de los bloques antes de cumplirse los 30 dÃas de suspensión de las operaciones a cargo de Burllington.
Según el artÃculo 74 de la Ley de Hidrocarburos, el "abandono” de las operaciones da lugar a una eventual caducidad del contrato.
La ProcuradurÃa explicó que Burllington abandonó los bloques el 16 de julio de 2009, en un intento de simular una expropiación, aún cuando esa acción unilateral causara daños irreparables en los pozos en producción.
Sostuvo que esto obligó al Estado a intervenir temporalmente los bloques, sin uso de la fuerza, por lo que no se puede considerar una "confiscación ilegal” ni expropiación a las inversiones de la transnacional petrolera.
El organismo de control insisitió que el paÃs invitó, tanto a Perenco como a Burllington a retomar su operación en los aludidos bloques, reconociendo su titularidad como contratistas del Estado.
Con esta decisión, le resta al tribunal señalar el calendario para determinar el monto en favor de la petrolera estadounidense, para emitir el laudo definitivo
Burlington inició en el año 2008 un arbitraje internacional ante el Ciadi, por la promulgación de la Ley 42 y sus efectos en el contrato de participación para la exploración y explotación de los bloques.
La Ley 42 fue expedida en 2006 por el Gobierno de Alfredo Palacio., para exigir a las contratistas entregar al Estado un porcentaje de las ganancias extraordinarias que obtenÃan por el buen precio del petróleo en el mercado.
AsÃ, el Estado comenzó a recibir el 99% del ingreso que generaba la venta de petróleo y las operadoras el 1%, a más de la participación que le correspondÃa de los contratos, de alrededor del 20%.
Al respecto, el laudo arbitral señala que la imposición de impuestos es el resultado del ejercicio del poder regulatorio de un Estado y no una exprociación. Admite, sin embargo, que la medida modificó la economÃa del contrato. (TH)
Etapa de daños
El procurador Diego GarcÃa informó que el próximo año concurrirá a la etapa de daños del caso Burllington, con la reserva de derechos, pues la decisión del Tribunal podrÃa constituirse en causal para una eventual revisión o anulación del laudo.
En 2006, el precio del petróleo empieza a despuntar en el mercado internacional.. Para el Ecuador significó tener un promedio de $51,84 el barril por sus dos crudos de exportación: Oriente y Napo. Actualmente, el precio supera los $90 el barril, más de los $79 presupuestados.
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