Con la Nueva Constitución, el modelo de negocio de las empresas del sector podrían variar. Sin embargo, algunas prácticas solo se ratifican
El sector de las telecomunicaciones tiene una larga lista de inquietudes en relación a la forma como se aplicarán algunos de los artículos de la Constitución aprobada el pasado 28 de septiembre. Sin embargo, algunos de los más relevantes tocan puntos sensibles de las empresas y nuevas inversiones relacionados al modelo de negocio.
Según Francisco Balarezo, director ejecutivo de la Asociación de Proveedores de Servicios de Valor Agregado (Aeprovi), el artículo 314 de la Nueva Carta Magna es uno de los temas que más dudas genera. El texto indica: "El Estado será responsable de la provisión de servicios públicos de..., telecomunicaciones... El Estado dispondrá que los precios y tarifas de los servicios públicos sean equitativos y establecerá su control y regulación".
Para Balarezo esto podría significar una incidencia por parte del Estado a la hora de fijar las tarifas de los servicios de telecomunicaciones, al ser considerados estos como públicos. En este aspecto la ley de la oferta y la demanda no sería la que establezca los costos sino la disposición estatal.
Sin embargo, para Hugo Carrión, consultor en telecomunicaciones, esta interpretación podría estar sobredimensionada ya que al momento el Estado ya realiza un constrol de precios al poner techos tarifarios a algunos servicios como en el caso de telefonía móvil. Y esto, agregó, se hace debido a que el mercado es imperfecto por lo que debe existir "una regulación que permita controlar y equiparar las imperfecciones del mercado".
Otro de los artículos que podrían incidir en el desarrollo del sector y que a pesar de las inquietudes que ha causado en los actores, aún no ha tenido solución por parte de las autoridades del Gobierno, es el artículo 408 que dice: "Son de propiedad... del Estado los recursos naturales no renovables incluso ... el espectro radioeléctrico...". En este sentido, al momento se encuentra en debate un tema conceptual en cuanto a que el espectro -por donde transitan las frecuencias para brindar los servicios- no es un recurso no renovable sino escaso.
Previa la aprobación de la Nueva Constitución, directivos de la empresa de telefonía móvil Movistar indicaron que se espera se revea el articulo 408 de acuerdo a lo prometido por algunas autoridades del gobierno. Con este antecedente, la operadora estima que la disposición no los afectara.
Más adelante, el mismo articulado señala que "El Estado participará en los beneficios del aprovechamiento de estos recursos, en un monto que no será inferior a los de la empresa que los explota". Respecto a esta última precisión Balarezo indica que el desarrollo de redes inalámbricas sería inviable debido que la rentabilidad de la industria se ubica en el 10% en promedio y de acuerdo a lo que se propone en el texto constitucional sería del 5%, lo que no daría paso a la creación "de accesos inalámbricos a la Internet", dijo. (DB)
Acceso universal será un derecho
Empresarios y actores del sector reconocen que existen aspectos positivos en la Nueva Constitución.
Algunos de ellos son los relacionados con el acceso universal a las tecnologías de la información y comunicación y la erradicación del analfabetismo digital, que al consagrarse como derechos de los cuidadanos, están garantizados.
Otro artículo que también llama la atención de los expertos, ya que se avanza hacia la soberanía es el 4, que propone el derecho del Estado sobre la órbita sincrónica geoestacionaria, los espacios marítimos y la Antártida. (DB)
Hora GMT: 07/Octubre/2008 - 05:09
