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Las fallas médicas no deben ir en el Código

Publicado el 20/Noviembre/2012 | 00:11

Entrevista

Carlos Figueroa. Es médico y secretario general de la Federación Médica Ecuatoriana. Ha sido crítico a varias de las reformas de salud implementadas en los últimos seis años.

¿Cuáles son los principales reparos al Código Penal que plantean los médicos?

La introducción de la mala práctica médica como un delito penal es la fundamental.

¿Por qué?

Es un tema político. El conflicto es que el Gobierno, dentro de la lista de problemas que pone a la gente en consulta, está la mala práctica médica. La gente lo considera así, pero es un tema técnico que debe revisarse con los actores fundamentalmente. Los médicos tendremos que decir algo. Sin embargo, hasta el día de hoy, no ha habido participación de nosotros.

¿Nadie del Ministerio de Salud participó en la elaboración de la propuesta?

De lo que se averigua y se sabe, nadie del Ministerio de Salud ha participado. Lo han hecho abogados de la Presidencia de la República.

¿Y la Federación Médica?

No. El Gobierno no hace consultas a nadie, y mas cuando se trata de un gremio respetable y que ha sido crítico.

Pero no se puede negar que se han producido varias muertes por práctica médica.

Desde luego, y está dentro de las valoraciones a escala mundial. Un 4% de desviaciones en la práctica médica se produce y se da fallecimientos.

Concretamente, ¿cuál es su crítica en este tema?

Nos tratan peor que a los delincuentes, y para que haya delito debe haber el deseo y la conciencia de hacer daño. El texto dice, en su art. 198, que el profesional de la salud que en forma culposa provocare daño en la salud de las personas será sancionado con prisión de tres a cinco años e inhabilitación para el ejercicio profesional por dos años adicionales a la pena impuesta; que si el profesional no observare los protocolos médicos será sancionado con prisión de seis meses a un año e inhabilitación profesional por seis meses; y si por la inobservancia de los protocolos muere el paciente, la prisión será de siete a 11 años. Con el cambio se disminuyó la pena, pero no es suficiente.

¿Cuál es su sugerencia?

Nosotros no cometemos delitos. Puede haber impericia, inobservancia, un error médico. Por eso decimos que no debe constar en el Código Penal, sino en el Civil, y lo mejor sería en el Código Orgánico de Salud Pública.

 

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chalmeida - en Diario HOY - Noticias de Ecuador.

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