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La declaración patrimonial arranca el Día de la Madre

Publicado el 09/Mayo/2009 | 00:07

El Servicio de Rentas Internas (SRI) estima que unos 70 mil ciudadanos podrían presentar sus registros patrimoniales. La información se receptará únicamente vía electrónica



A partir de mañana y hasta el 30 de junio, todas las personas naturales o extranjeras, residentes en el Ecuador, que posean activos individuales superiores a los $200 mil y en sociedad conyugal de más de $400 mil, tienen la obligación de presentar su declaración patrimonial anual.

Por este trámite, cuyo carácter es meramente informativo, "el contribuyente no debe realizar pago alguno, ya que no es un impuesto", aclaró el director del Servicio de Rentas Internas (SRI), Carlos Marx Carrasco, quien explicó que el objetivo es proporcionar datos que permitan que el ente tributario compare la información obtenida en el pago al Impuesto a la Renta (IR). "Esto permite incrementar los controles para poder luchar contra la evasión tributaria", explicó.

La declaración se realizará a través del sitio web del organismo o mediante la presentación de la información en formato digital, en las ventanillas de las oficinas del organismo. Este trámite únicamente se lo podrá hacer de manera virtual, con el fin de garantizar la confidencialidad de la información que otorguen los contribuyentes.

En caso de no cumplir con la declaración, el ente tributario aplicará una multa por infracción de hasta $1 500. Esta sanción, sin embargo, no le exime de cumplir con la obligación. De todas maneras, el SRI se reserva el derecho de "obtener la información a través de terceros y de presentar presuntivamente la declaración. Esto, obviamente, no le conviene a ninguna persona", dijo Carrasco.

Para que la declaración pueda realizarse de manera ordenada, los contribuyentes deberán efectuarla de acuerdo al noveno dígito de su cédula o su Registro Único de Contribuyentes (RUC). El calendario con las fechas máximas de cumplimiento ya ha quedado establecido. Las personas cuyo número de cédula o (RUC) termine en 1 pueden declarar este domingo y el lunes, los días 1, 2, 21 y 22 de junio.

Para el cálculo de la declaración patrimonial, los ciudadanos deben considerar sus bienes muebles en general, a los que deberán aplicar el avalúo comercial. Así también, formarán parte los bienes inmuebles y las acciones y títulos de valores que se coticen en la Bolsa de Valores.

La resolución del SRI, que puso en marcha el mecanismo de declaración, establece que en cuanto a los vehículos motorizados terrestres, aéreos y acuáticos deberá incluirse el valor de mercado, que en ningún caso podrá ser menor al que conste en la matrícula.

El formulario se divide en cuatro secciones. La identificación que contempla año fiscal, tipo de declaración (individual o sociedad conyugal), nombre de identificación y datos personales; la información sobre los activos (efectivo, inversiones, cuentas por cobrar, vehículos, naves y aeronaves, otros bienes muebles, derechos -propiedad intelectual, derechos de usufructo y de herencia- e inmuebles; los pasivos, y el patrimonio total. Este cifras es calculada automáticamente por el mismo sistema.

Las personas casadas (con ingresos conyugales superiores a los $400 mil) deben llenar un solo formulario, aunque si se posee bienes individuales adquiridos antes del matrimonio, la declaración debe ser individual y únicamente registrará el 50% del valor del bien compartido. No es necesario declarar bienes cuyo valor es menor a los $1 000.

La obligación de presentar la declaración patrimonial se mantiene, pese a la decisión del juzgado Noveno de Guayaquil que acogió la acción de protección contra la declaración patrimonial. Al respecto, el SRI presentó una apelación. (GC)

Hora GMT: 09/Mayo/2009 - 05:07

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