Juez descarta presiones en una orden de libertad
No descartó que, dada la figura del involucrado en el hecho (Jaime Mantilla) se busque politizar el tema, pero insistió en que sus actuaciones estarán apegadas a Derecho

El juez Décimonoveno de Garantías Penales de Pichincha con asiento en Sangolquí, Hernán Alvear Pesántez, negó que haya actuado con celeridad o bajo presiones para dictar Medidas Alternativas y no de prisión en contra de Jaime Mantilla, director de Diario HOY, involucrado en un accidente de tránsito en el que resultó herida la niña Johana Falcones Santana, atendida en el Hospital Metropolitano, por un equipo de médicos.
Alvear resaltó que está actuando "apegado a Derecho, sin dedicatoria ni favoritismo para nadie", en este caso relacionado con el arrollamiento de la menor, a eso de las 19:00 del pasado sábado, en la vía Sangolquí-Amaguaña.
Dijo que él dio viabilidad al pedido del fiscal que conoce del caso, pero apegado al artículo 161 del Código Procesal Penal, inciso tercero, que señala: "dentro de las 24 horas desde el momento en que ocurrió la detención por delito flagrante, el fiscal solicitará al juez de garantías penales que convoque a audiencia oral en la que se realizará o no la imputación, y solicitará la medida cautelar que considere procedente, cuando el caso lo amerite".
Añadió que también actuó amparado en el artículo 77 de la Constitución, numeral 1, que en lo referente a los delitos flagrantes indica: "no podrá mantenerse a la persona detenida sin fórmula de juicio por más de 24 horas. El juez siempre podrá ordenar medidas cautelares distintas a la prisión preventiva". También resaltó el numeral 11 de este artículo, que señala: "el juez aplicará de forma prioritaria sanciones y medidas cautelares alternativas a la privación de libertad (...). Las sanciones a alternativas se aplicarán de acuerdo con las circunstancias, la personalidad del infractor (persona conocida o pública como lo es Jaime Mantilla)..."
Por todo lo expuesto, Alvear reprochó que el "abogado de los familiares de la niña emitiera criterios viscerales y no cerebrales, asegurando que el juez ha actuado con celeridad" al aceptar el pedido del fiscal de cambiar la medida alternativa de prisión por la prohibición de salir del país, mientras dura la investigación.
"No he aceptado ni aceptaré presiones de nadie ni que se ponga en tela de duda 25 años de vida profesional nítida que tengo. Se actuó así, además, porque no es un delito doloso el cometido por Jaime Mantilla, sino culposo, en donde el causante no salió a la calle con el fin de cometer la infracción o el delito". (NST)
Niña se recupera en Metropolitano
El padre de la niña Johana Falcones llegó de Esmeraldas ayer al hospital Metropolitano de Quito, donde reconoció que la pequeña está bien atendida por el personal de ese centro médico y en proceso de recuperación, según le han informado los galenos que la atienden.
Cayetano Falcones había dicho que su hija muestra una mejoría frente al cuadro que presentaba el sábado en la noche cuando fue ingresada en dicha casa de salud, según lo ha reconocido.
Santa Jame, tía de Johana, que acompañaba a Cayetano Falcones en el hospital ayer por la mañana, incluso había asegurado que la niña pidió un helado de pera y que los médicos no tardaron en complacerla.
Ella reconoció que la atención en el hospital Metropolitano es buena y que los médicos y enfermeras siempre están dispuestos a ayudarlos.
El Hospital Metropolitano, por su partem ha ratificado nuevamente al padre de Johana que Jaime Mantilla Anderson ha dado la garantía total del pago de las atenciones que se preste a la menor durante el proceso de su recuperación.
Documentos:
-Certificado del Hospital Metropolitano
-Declaraciones del director de Diario HOY, Jaime Mantilla, en rueda de prensa
Hora GMT: 20/Noviembre/2009 - 05:04

20/Noviembre/2009 a las 09:03
EL decente es decente así le cueste la vida. Buena "Gringo" SOLIDARIDAD CONTIGO
20/Noviembre/2009 a las 10:36
comprobado. La ley sigue y seguira siendo para el de poncho(pobre).y esto no es politico tan solo es verdad.
20/Noviembre/2009 a las 11:41
La actuación judicial y fiscal en el caso de la nota informativa ha sido ajustada al derecho. Nunca el incidente pudo siquiera calificarse como "delito" flagrante de tránsito". Para que exista delito, tiene que aparecer que alguno lo causó, siempre con voluntad y conciencia y a título de culpa o dolo. Nada de eso existió.
Por ello, es un error y no tiene por que hablarse de presiones ni de favoritismos, en el trato que han dado los operadores de justicia. No existen o no deberían existir motivos, para ello.
Lo que ha hecho Mantilla, al momento del evento, y luego de ocurrido el mismo, es socialmente aprobado, pues, no podemos hablar de que exista responsabilidad penal en su contra, ni que se ha descubierto un "delito flagrante".
Se descubrió un hecho, un evento, un accidente de tránsito. De las constancias que ha recogido la policia, se conoce que ocurrió por la propia imprudencia y negligencia de la lesionada que, lamentablemente, es la real culpable por su victimización.
Entonces no podemos hablar de delito flagrante, puesto que ese concepto dogmático se refiere al que causa o comete un delito y es descubierto al momento del cometimiento o poco después de eso, etc. etc.
Pero para hablar de un delito flagrante, tenemos que afirmar primero que la acción ocurrida puede que ser atribuida alguno, a título de dolo o culpa y siempre con voluntad y conciencia.
En este caso, no podría serlo a Mantilla Anderson, sino al aumento innecesario del riesgo, tal como hizo de modo desaprensivo la menor que por su inmadurez biològica y emocional de su actitud conductual, se afloja de las manos de su madre e intenta cruza la calle de intenso tráfico vehicular, golpeandose, según la versión policial, en la parte lateral del vehìculo. COmo sabemos los vehículos se desplazan hacia delante o hacia atrás, pero no de costados.
Tampoco podemos imputar dicho descuido a la madre de la menor lesionada, pues, el evento de salir de su custodia, al aflojarse de sus manos, pudo ser imprevisto y súbito, no previsible e inevitable, lo que impidió que la propia madre realice maniobras evitatorias del lamentable hecho.
Ahora, para fortuna sabemos que la lesionada se recupera. Enhorabuena. Los gastos y que no serán pocos, han sido asumidos, por la voluntad de Mantilla, que al parecer, sin estar compelido ni ser responsable del evento, los ha asumido, y su decisión es ponderada y debe merecer aprobación social. Esto porque en la vida de relación interpersonal, a todos y a cada uno el derecho y la moral, desde luego, nos fija un rol de comportamiento, que nos obliga a realizar actos de solidaridad, que no podemos soslayar.
Judicialmente, no estando comprometido ningún interés socialmente tuicionado; y por cuanto, todo el acontecer causal no puede reprocharselo al conductor que no causó el daño, sino que se involucra por estar casualmente en el sito y hora, talvez equivocado; el expediente va camino al archivo.
Como se habló del estado alcoholico del conductor, debemos insistir que según lo refieren los datos policiales, por censurable omisión, no se realizó la prueba de alcoholemia obteniendo la muestra de sangre respectiva lo que priva de conocer si el nivel de alcohol que mantenía, superaba el maximo tolerado, que es de 0,8 gramos por litro de sangre.
Como estar borracho tiene manifestaciones múltiples que empíricamente, todo mundo, pued afirmar si alguno lo está, el aliento alcohòlico advertido es un indicio que por si solo no puede alcanzar para calificar la ebriedad de nadie, tambien por mala actividad policial no aparece que se hubiera realizado las prueba sicosomàticas necesarias, que permitan calificar esta circunstancia.
Pero aun borrachito alguno, sino es su conducta la causante del accidente, pues, podría ser sancionado, independientemente, por la contravección cometida, pero no podrìa ser encausado por un delito, pues, simplemente, no lo causó.
20/Noviembre/2009 a las 12:09
Osea sucede un accidente que lamentablemente ocurrio por infortunados motivos, en este caso cualquiera que hubiese sido el chofer y conduciendo en las mismas circunstancias la nina hubiese sido golpeada. Si hubiese sido el conductor un pobre individuo que trabajaba pirateando un taxi y su preocupacion ante el accidente hubiese sido igual, atento y de asumir los costos de la clinica, y el juez tomaba medidas cautelares alternativas a la prision, entonces que dirian, si tanto el chofer como la nina agraviada son de poncho?? El tema aqui es legal, hay una chofer que asumio la responsabilidad y que ha estado manejando con prudencia, donde esta la preferencia? No hay agravantes.