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Hay contratos que siguen pendientes

Publicado el 09/Noviembre/2009 | 00:01

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Hasta el momento, solo a Seguros Oriente le han ejecutado el cobro de las pólizas o garantías



Entre agosto y septiembre, los ministerios de Transporte y Obras Públicas, Vivienda e Hidrolitoral, en cumplimiento de la decisión del presidente Correa (dictada en julio), procedieron a iniciar los procesos de terminación de contratos, de manera unilateral, a las empresas que tenían vinculación con Fabricio Correa.

En todos los casos se utilizó el mismo argumento: "inobservancia por parte del contratista al momento de participar en el respectivo procedimiento precontractual". Es decir, que no se respetó los artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP), donde se señala que no podrán celebrar contratos previstos en esta ley con las entidades contratantes, entre otros, "... el presidente, el vicepresidente de la República, los ministros y secretarios de Estado, el director ejecutivo y demás funcionarios del Instituto Nacional de Contratación Pública, los legisladores, los presidentes o representantes legales de las entidades contratantes previstas en esta Ley, los prefectos y alcaldes; así como los cónyuges o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de los dignatarios, funcionarios y servidores indicados en este numeral".

Este argumento legal se apuntaló en dos entrevistas televisivas (16 y 17 de junio) en Canal UNO y Ecuavisa, que concedió Fabricio Correa y que consta en los informes de, por ejemplo, el Ministerio de Transporte. En esos diálogos con Andrés Carrión y Alfredo Pinoargote, cuenta sobre sus negocios y los contratos con la administración actual, presidida por Rafael Correal.

El argumento de Seguros Oriente: Hasta el momento, esta es a la única empresa que se le han ejecutado las pólizas. Ellos, en los escritos que han presentado frente a las notificaciones de ejecución de las garantías, han dicho, entre otras cosas, que fueron informados sobre la decisión gubernamental sin los informes técnicos, "violando los principios fundamentales" de contratación y normas jurídicas que regulan dichos actos. Además, que fueron dictadas con "una motivación viciada", pues no se ajustan a hechos reales, lo que motivó la salida del ministro Xavier Casal y el nombramiento de David Ortiz.

Ellos también refutan que el Gobierno se base en el art. 62 de la LOSNCP, bajo el argumento de que "ningún socio o accionista que integra la compañía contratista, documentadamente, tiene algún grado de parentesco ni con funcionarios del poder Ejecutivo ni con ninguno de los funcionarios que intervinieron en el proceso pre contractual".

Los demás contratos: No se ha tomado en cuenta el artículo 64 de la LOSNCP para que, asimismo, el Estado termine con otros contratos que, según un informe de la Procuraduría General del Estado (PGE), también tendría Fabricio Correa.

Entre ellos constan los efectuados por Quality con empresas estatales como Petroproducción y Petroecuador, para realizar obras o prestar servicios, cuyos contratos van desde los $126 400 hasta los $22 947 688,25.

En ocho de esos 16 contratos, según un documento de la Procuraduría, la entidad estatal contratante no ha pedido ni la terminación del contrato ni se ha emitido una resolución de mediación, por lo que siguen vigentes y en plena ejecución, pese a que supuestamente están vinculadas con empresas de Fabricio Correa. (SL-NST)

Se debió declarar la nulidad y no la terminación unilateral


Se teme que el Estado pague 'los platos rotos'

La ex asambleísta Martha Roldós y el ex secretario municipal Xavier Sandoval coincidieron ante la prensa en un punto: lo que cabía era declarar la nulidad de los contratos del Estado con las empresas vinculadas al hermano del presidente Correa y no la terminación unilateral.

Sandoval, por ejemplo, explicó que el Estado se expone con esta decisión a ser demandado y a pagar indemnizaciones. Y que estas no serán para Fabricio Correa como persona natural, sino para las empresas con las que las entidades del Estado firmaron los contratos.

Agregó que las demandas corresponden a la jurisdicción contencioso-administrativa por la terminación unilateral. Enumeró que para la terminación unilateral rige otro procedimiento: atrasos en la ejecución del contrato en cuanto a cronogramas, abandono de las obras en un tiempo no justificado, multas que superen el 5% del valor del contrato, utilización de material no adecuado, etc.

En cambio, Roldós resaltó que le preocupa que si no se utiliza la figura correcta, que es la de la anulación de los contratos, lo que puede estar dando lugar es a que Fabricio demande al Estado por varios millones de dólares. (NST)

'Las aseguradoras no pueden demandar al Estado'


Trámites legales

Si se celebra un contrato entre el Estado y cualquier organismo, y tal contrato acaba en malos términos, el titular del contrato o contratista es el único que puede demandar al sector público, explicó el economista Jorge Rodríguez Torres.

Esta disposición, que se encuentra vigente en el Código de Comercio, de Procedimiento Civil y en la Ley General de Seguros, señala que una compañía aseguradora no tiene la potestad "para demandar al Estado a nombre de la empresa que lo contrató".

El experto agregó que la compañía de seguros solamente se encarga de dar las garantías del acuerdo (vigencia de fianzas, de ofertas, del cumplimiento de contrato, de anticipos, de garantías aduaneras, etc.).

Rodríguez añadió que una aseguradora puede hacer una demanda siempre y cuando haya una que le ordene a la empresa indemnizar al Estado. Pero eso es posible "previo al pago de la indemnización correspondiente", indicó.

No obstante, añadió que el Estado es "un mal pagador", puesto que, en estos casos, cobrar una indemnización es un asunto complicado y un largo trámite. (GCA)

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