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Fiscalía solicita extradición de presunto autor material de la muerte de Jaime Hurtado

Publicado el 12/Marzo/2010 | 15:45

El fiscal de la Unidad de Delitos Transnacionales de la Fiscalía de Pichincha, Fausto Trujillo, solicitó a la Corte Nacional de Justicia (CNJ) la extradición de Henry Gil Ayerve, sindicado en la caso del asesinato de Jaime Hurtado González.

De acuerdo a información proporcionada por la Ficalía, la solicitud de extradición fue presentada a las 10:00 de hoy, en la Unidad de Asesoría Jurídica de la CNJ, luego de que el fiscal general, Washington Pesántez, fuera noticado sobre la captura de Gil en Bogotá-Colombia.

Pesántez ordenó el inicio de los trámites para poder extraditar al acusado en el menor tiempo posible. "Vamos a hacer todas las gestiones. He dispuesto desde acá que se inicien los trámites para que lo traigan al país y pague por el crimen que cometió, aseveró.

El diputado Jaime Hurtado González, líder del Movimiento Popular Democrático (MPD) fue asesinado junto a dos de sus asesores el 17 de febrero de 1999, en las cercanías del antiguo Congreso Nacional. (LGP)

Hora GMT: 12/Marzo/2010 - 20:45



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rflores - en Diario HOY - Noticias de Ecuador.

Comentarios

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  1. 1 César E. Castillo Delgado desde - Donde todo es dando y dando (pajarito volando)

    Un par de votos más para impedir el juicio al FISCAL...


    Quién quedará sirviendo a la BASE de las FARC y sus acólitos.

  2. 1 Luis Portalanza desde - gye

    Toda será un acto más de esta lamentable tragicomedia que usa, para réditos políticos partidistas, la muerte de un lider político ecuatoriano de muy singular valía, como lo fué el Dr. Hurtado, histórico personaje del MPD, cuyo asesinato causó repulsa nacional. HOy sabemos que solo dos implicados pagan sus penas al haber sido condenados por la justicia.

    Pero sucede que el nombre mencionado de Gil Ayerbe, quien se dice sindicado en el proceso penal, por dicho excecrable asesinato, no podrá responder a la justicia nacional, pues, este proceso se inició en 1999 y la inactividad omitiva de los aparatos policiales del estado, nada hicieron por localizarlo y capturarlo.

    Hoy por hoy, se han cumplido los 10 años que la norma no reformada del Art. 101 del Código Penal, al momento de iniciarse dicho juicio, establecía que la prescripción de la acción ocurría en 10 años contados a partir del auto que iniciaba el proceso. Hoy el plazo para esa prescripción es de 15 años.

    Hoy ha ocurrido la prescripción de la acción penal, y ese asesino suelto ni podrá ser extraditado y menos enjuiciado ni condenado por la justicia nacional.

    El delito de asesinato, del Art. 450 del Código Penal, al momento del crimen de Hurtado era sancionado con pena de hasta 16 años de reclusión extraordinaria, y la prescripción de la acción ocurría, por el transcurso del tiempo sin que se hubiera sentenciado al acusado, en 10 años contados desde el auto inicial del
    juicio. Esta es la norma aplicable al caso.

    Hoy este delito está penado con reclusión mayor especial que va de 16 a 25 años y la prescripción de la acción penal, ocurre, no en 10 años, sino en 15 años, contados, desde que se dispuso la iniciación del juicio, y no se hubiere condenado al encausado. Esta reforma se hizo por la ley 47 publicada en el R. O. No. 422 del 28 de septiembre del 2001.

    La razón es simplemente constitucional: se debe aplicar la ley vigente al momento de cometerse el delito, si esta ley es más beneficiosa para el acusado. Siempre la ley penal menos rigurosa se aplicará de modo extraactivo o retroctivo, si es menos rigurosa y favorece al imputado. Es una garantía constitucional.

    Por ello decimos no es nada más que un escándalete mediático, y no pasará de eso: fuegos fatuos, para la galería, acolitados por el fiscalillo de marras.

  3. 1 Luis Portalanza desde - gye

    Es otra farsa de fiscalía de delitos interplanetarios. Será imposible que lo extradite. Pero si lo logra. Sera imposible que lo haga condenar a nada.

    La razón y la sabe el famoso inquisidor es que la acción penal, de ese proceso, por el asesinato de Hurtado, le llegó la prescripción de la acción. Simple, es otro ejemplo de la tenacidad, profesionalidad de nuestra policía que en 11 años no pudo ni localizar a dicho sujeto sindicado, y menos apresarlo.

    Entonces es simplemente una falsa diligencia y cuidado de la fiscalía, levantar el gallinero y escandalizar cuando el propósito también es una farsa, es imposible se cumplan las promesas de Pesantes.

    OJO no decimos que ignora que a la fecha del asesinato de Hurtado, ese tipo de crimenes estaban penados hasta con 16 años de reclusión y la prescripción de la acción ocurría, a los 10 años sino se sentenciaba el juicio.

    Solo es a partir del 2001, que se endureció la pena para el asesinato que ahora es hasta 25 años de reclusión especial y la prescripción opera a los 15 años.

    Pero todos sabemos que las leyes penales son extractivas, ya en sentido retroactivo como ultractivo cuando sean más beneficiosas a los sindicados. Este es un caso en que debe aplicarse al juzgamiento, la ley vigente al momento del delito. Asu lo garantiza la Constitución.

    Entonces solo hace el rídiculo el fiscalillo de delitos interplanetarios de Pichincha, y por supuesto su jefecito.

    Pesantez, redivivo Juan Falstaff shakespearino,marrullero que se cree saberlas todas (sic) nos quiere hacer caer en cuenta de su `pseuda diligencia, que no existe que es supuesta y falsa.

    Once años han transcurrido del nefando crimen y ese será el efecto de la justicia que padecemos en el país. No han pagado a la ley todos los que son. Eso gracias a la "diligencia y cuidado" en el cumplimiento de sus funciones de tanto de la Policia, como de la Fiscalía. Ni más ni menos.

    La impunidad en estado puro.

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