El gobierno Nacional recordó que el trabajo de los días lunes y martes correspondientes al feriado de Carnaval debe recuperase los días sábado 20 y 27 de febrero, es decir los dos subsiguientes al descanso tal y como lo establece el Decreto 418 expedido el 19 de junio de 2007.
En esta recuperación de la jornada, en horario normal, se incluyen las actividades educativas, financieras y de comunicación. (LAG)
Hora GMT: 18/Febrero/2010 - 05:06
