Según la nueva Constitución, las actividades financieras son un servicio de orden público y podrán ejercerse con la autorización del Estado
"Las actividades financieras son un servicio de orden público y podrán ejercerse con la autorización del Estado". Así lo señala el artículo 308 de la nueva Constitución, aprobada el pasado 28 de septiembre.
Esta disposición da potestad al Régimen para que regule al sistema financiero, con el fin de precautelar los depósitos de los cuentaahorristas, según explicó el ex asambleísta Pablo Lucio Paredes.
Añadió, además, que existen otras interpretaciones que indican que el orden público es más que interés público, "ya que se lo entiende como un exceso de intromisión del Gobierno, que permitiría controlar y brindar créditos a dedo a ciertos sectores", mencionó.
Sin embargo, señaló que este aspecto ha favorecido a los banqueros, ya que al ponerlos en el orden público se concede la facultad coactiva, tal como ocurre con el Instituto de Seguridad Social (IESS). "Esto, de alguna manera, es proporcionar mayor poder a la banca", manifestó.
Por el contario, Fernando Pozo, presidente de la Asociación de Bancos Privados del Ecuador (ABPE), señaló que Carta Política confunde la denominación de lo que se considera como un servicio público. "Bajo esta premisa, el agua puede entrar en esta categoría, pero no las operaciones de los bancos", indicó.
Al directivo de la ABPE le preocupa que se defina un servicio público con características obligatorias y de igualdad. "Ya que no se puede obligar al sistema a brindar créditos a todo el mundo y, aunque nos gustaría entregar préstamos a varias personas, no todas pueden pagar", expresó.
Asimismo, Pozo consideró un error que el sistema financiero sea controlado por el Gobierno, ya que esto "daría injerencia al sector público sobre el dinero de los ecuatorianos".
La nueva Carta Magna divide al sistema financiero en cuatro sectores: público, privado, popular y solidario; donde cada uno de esos contará con normas y entidades de control específicas y diferenciadas, indica el artículo 309.
Alfredo Vergara, ex superintendente de Bancos, mencionó que esta disposición someterá a los cuatro sectores a que funcionen de manera aislada y con su propia Superintendencia.
Detalló también que existirá una dispersión absoluta de tasas de interés, por lo que provocará que los distintos entes financieros dejen de competir entre sí.
Sobre este punto, en cambio, Paredes señaló que esta sería una buena manera de incluir a pequeñas cooperativas y cajas rurales dentro de la banca formal, dijo.
Entretanto, Alberto Acosta, presidente adjunto del Banco Pichincha, sostuvo que "el emitir una opinión sobre este tema resulta complejo ya que este artículo, como otros, no especifica con exactitud las limitaciones o ventajas del sistema financiero".
"Por lo tanto, no podemos escandalizarnos de algo que no ha sido estudiando a profundidad, ni analizado técnicamente", afirmó el banquero.
"Lo que sí rechazamos es que el Estado no respalde o proteja a las instituciones de una posible crisis bancaria, tal como ha ocurrido con las entidades financieras estadounidenses, en las que el Gobierno de George W. Bush inyectó fuertes cantidades de dinero", aseguró Acosta. (APB)

Hora GMT: 06/Octubre/2008 - 05:18














06/Octubre/2008 a las 08:57
Es importante complementar el aporte del Econ. Pablo Lucio P., el principio constitucional que delinea el carácter del sistema financiero es un avance fundamental para el fortalecimiento del mismo, el vertiginoso desarrollo y su versatilidad hacen de los servicios financieros el área económica auténticamente globalizada, en el se manejan patrimonios ajenos, no solamente privados, sino en un contexto global, patrimonios públicos (no estatales, sino del público) merced a ello esta padece de una alta sensibilidad y por tanto merece un cuidado estricto, nada más acertado que darle el carácter de servicio público. El sector financiero es el más regulado de todos, el principio de manejo jurídico del sistema financiero aplicado en la mayoría de los mercados financieros desarrollados no solamente que tiene un carácter administrativo-público, sino incluso policial, es decir que en principio está prohibida la prestación de servicios financieros, salvo que el prestador haya obtenido una licencia del ente regulador competente. La constitución establece el principio de arranque y el carácter que tienen que tener el sector, la ley es quien debe definir en detalle, en ella hay que trabajar.
La regulación estricta y apegada del sistema financiero trae más ventajas que desventajas, en el corto y en el largo plazo, esa es la experiencia que se obtiene de la actual catástrofe financiera originada en un desregulado y liberalizado mercado financiero norteamericano. Las aseveraciones del Sr. Pozo desatienden totalmente la realidad y todo principio financiero, o simplemente no se han dado cuenta que los mercados que han salido ilesos de este terremoto son aquellos que han merecido una adecuada regulación, control y supervisión.
Una reflexión adicional, cierto que el estado no debería señalar a dedo a quién prestar, pero por otro lado el sistema financiero aún no cumple adecuadamente su función primigenia en la sociedad que es fomentar la economía, por el contrario está sacando recursos de ella y los saca del país incluso en su propio detrimento. En los tiempos previos a la crisis financiera del 99, solo accedían a créditos quienes tenían un determinado patrimonio e incluso apellido, el trato era claramente discriminatorio, sucedió que ellos no pagaron los préstamos y les quebraron, ahora se dan cuenta que prestar a los pobres es buen negocio.
Por último, en referencia a lo dicho por el Sr. Acosta, en principio estaría de acuerdo que en caso de crisis el estado también intervenga extraordinariamente, pero para ello se deben establecer claramente las contraprestaciones, las previas y las puntuales, primero repatrien los patrimonios que han sacado y siguen sacando del país y luego establezcan las medidas y seguridades para que la crisis no suceda, la cosa es dando y dando. En definitiva, a nuestra banca no solamente que le hace falta reeducarse y asimilar valores éticos propios del ejercicio de esta actividad, le hace falta mucho patriotismo, nuestra economía necesita mucho de el y personalmente no me opongo a que el mismo se imponga implícitamente mediante ley.
Atentamente,
Dr. Marco Hernández Del Salto, LL.M.
Magíster en Derecho Financiero
Universidad de Zurich