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Reforma penal oficial no incluye a jóvenes

Publicado el 02/Agosto/2010 | 00:08

El proyecto de reforma penal presentado por el Ministerio de Justicia ha provocado tensión con la Fiscalía General del Estado. Esto, supuestamente, porque no se incluyó la propuesta de sancionar a los menores de edad
Cuando el fiscal Washington Pesántez supo que José Serrano, ministro de Justicia, no incluyó sus propuestas para el proyecto de reformas penales que remitió el Ejecutivo a la Asamblea, su habitual diplomacia quedó atrás. "El señor ministro de Justicia no ha sido honesto en su actuación, no ha sido claro; le he buscado, pero no me contesta el teléfono o está fuera del país. Esas cosas no se hacen, señor Serrano, seamos serios", recriminó.

Su molestia fue porque no se tomaron en cuenta sus planteamientos para tipificar y endurecer las penas por la imputación a los menores de edad (16 años) y por el delito de sicariato.

Pesántez explicó que el presidente Rafael Correa encargó a la Fiscalía y al Ministerio de Justicia trabajar por su lado y luego elaborar un documento consensuado. A decir del fiscal, solamente le llegó al presidente la propuesta del ministro de Justicia. "Expliqué, le dibujé al señor Serrano, la esencia de la reforma del sicariato, pero no hay una sola palabra", dijo la semana pasada ante la prensa.

Reconoció que lo único que se recoge, aunque de manera parcial, es la reforma al Código de Ejecución de Penas. La Fiscalía propuso que se rebaje el 20%, es decir el 5x1, pero en el proyecto consta el 25%.

Reacción. Tras esas declaraciones, el ministro Serrano se ha mostrado cauto y, aunque trata de evitar polémica con el fiscal, detalló que el objetivo del proyecto de reformas penales presentado al Legislativo es eliminar la impunidad para los autores intelectuales de sicariato, que no se utilice menores para delinquir y se incremente la pena de homicidio agravado por pago o recompensa remuneratoria.

Además, sancionar a los adultos que entreguen armas a los menores con una pena entre 12 y 16 años.

Rechazo a propuesta. Los organismos de la niñez y adolescencia y otras entidades se han manifestado en contra de la propuesta de la reforma planteada por Pesántez.

El lunes 22 de junio, la ministra de Inclusión Económica y Social, Ximena Ponce, presentó junto a Serrano un proyecto piloto para la atención y rehabilitación a los menores de edad. Durante el encuentro, se presentaron varios escritos de autoridades que manifestaron su desacuerdo de sancionar a los jóvenes por el cometimiento de delitos graves. Uno de esos comunicados fue suscrito por Fernando Callejas, alcalde de Ambato y presidente del Consejo Cantonal de la Niñez y Adolescencia de esa jurisdicción. A través del oficio CCNA-10-226, enviado el 12 de junio de 2010, solicitó al fiscal reformar el artículo 450 del Código Penal sobre el delito de asesinato para tipificar específicamente la conducta de aquellas personas que realizan el acto a través de adolescentes".

El Movimiento Local de Niños, Niñas y Adolescentes de Guayaquil también emitió su pronunciamiento. Referente al anteproyecto, el organismo recordó que el Código de la Niñez "tuvo un proceso de construcción" desde los niños y adolescentes. Además indicó que el Código de la Niñez, en su Libro IV, sí plantea la responsabilidad del adolescente infractor.

Asimismo, el 19 de julio de este año, Segundo Serrano, comisionado del Cañar de la Defensoría del Pueblo, emitió el oficio Nº 270-DPC-2010 a la secretaria ejecutiva del Consejo de la Niñez y Adolescencia, Sara Oviedo. En el documento, el comisionado señaló como una "inconveniencia" declarar imputables a los adolescentes desde los 16 años. "Aquel instrumento es atentatorio a los derechos consagrados en la Constitución (...) y en varios instrumentos internacionales", consta en documento. (GCA)

Lo que dicen las leyes por la inimputabilidad a menores

Respecto a la inimputabilidad de los adolescentes, la Constitución, en su artículo 77 numeral 13, establece: "Para los adolescentes infractores regirá un sistema de medidas socioeducativas proporcionales a la infracción atribuida... La privación de la libertad será establecida como último recurso, por el período mínimo necesario, y se llevará a cabo en establecimientos diferentes a los de personas adultas".

El artículo 4 del Código de la Niñez y Adolescencia indica: "Adolescente es la persona de ambos sexos entre 12 y 18 años (...)". Este cuerpo normativo menciona que los chicos de esa edad son responsables e inimputables de los delitos penales estipulados en el Código Penal, es decir que no procede el proceso acusatorio de adultos, sino un proceso de investigación especializado que implique las circunstancias del hecho, la personalidad del adolescente y su conducta, y el medio familiar y social en el que se desenvuelve. En estos casos procede un trámite para determinar su responsabilidad, proceso especial dirigido por autoridades especializadas en adolescentes en conflicto con la Ley. En lugar de las penas del Código Penal, se establecen medidas socioeducativas.

'Jóvenes tienen conciencia propia'

Hace tres semanas, Paco Fierro, asambleísta del Partido Sociedad Patriótica (PSP), presentó el proyecto denominado Ley de Responsabilidad Penal para Adolescentes Infractores.

A diferencia de la propuesta del fiscal Pesántez y del ministro Serrano, Fierro plantea una legislación especial para los chicos de entre 16 y 18 años, la que consiste en sancionarlos bajo el Código Penal, pero con 50% de la pena, sin exceder los 10 años de reclusión.

El asambleísta señaló que las normas ecuatorianas los toman en cuenta para asumir responsabilidades. Puso de ejemplo a la Constitución, la cual prevé que, a partir de los 16 años, pueden sufragar optativamente. Asimismo, el Código de Trabajo permite contratar a los adolescentes sin necesidad del consentimiento de los padres. "Ellos actúan con voluntad y conciencia propia, por lo tanto, no pueden ser juzgados de la misma manera que los chicos menores a 16 años", dijo. (GCA)

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Hora GMT: 02/Agosto/2010 - 05:08



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Comentarios

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  1. 1 Gelacio Mora desde - Guayaquil

    ****** AUTORIDADES ALCAHUETES *******

    SI EN LA CONSTITUYENTE DE MONTECRISTI LOS ALSAMANOS APROBARON QUE LOS JOVENES DE

    16 AÑOS ESTABAN CAPACITADOS PARA ELEGIR A SUS AUTORIDADES DE ELECCION POPULAR,

    DE LA MISMA FORMA DEBERAN SER SANCIONADOS POR LOS CRIMENES COMETIDOS

    NO ES POSIBLE QUE DESDE LO MAS ALTO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA TAL COMO MENCIONA

    EL MISMO FISCAL MIEMBRO DEL CIRCULO GUBERNAMENTAL NO SE TOMAN EN CUENTA LAS

    SUGERENCIAS PARA REALIZAR LA INCLUSION DE LOS MENORES EN LA REFORMA EN CUANTO A

    SANCIONAR SUS CRIMENES SE REFIERE

    LA ALCAHUETERIA Y LA CORRUPCION VAN DE LA MANO EN EL GOBIERNO DE LA " SEUDO

    REVOLUCION "

  2. 1 Johan Sebastian desde - Guayaquil

    Peleas de comadres por ser "protagonistas"...nada más.

    El mamotreto señala que los adolecentes tienen derecho al voto y elegir a quienes dirijan el país, entonces tienen que afrontar sus responsabilidades si delinquen...

    Pero el inefable Guachito se queja del ministro de justicia por que no acogió sus planteamientos y portagonizan una pelea de quinto patio...cosas de las discrepancias entre las hordas rosadas !!

  3. 1 César E. Castillo Delgado desde - Que no hay pelos en la lengua

    Dice GUACHO EL BUENO...


    "El señor ministro de Justicia no ha sido honesto en su actuación", aunque pudo haber sido más claro:


    "Esa propuesta es de UN PILLO", que es la alternativa de quienes NO SON HONESTOS.

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