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Diversidad y creatividad son el tono de la campaña

Publicado el 31/Julio/2008 | 00:00

La tarde de ayer, representantes de la Federación Nacional de Campesinos Libres del Ecuador (Fenacle) entregaron un prototipo de la camiseta que utilizarán en la época de campaña para promover el "Sí" al ministro de Gobierno, Fernando Bustamante.

Esta iniciativa es una de tantas que se han planteado, pues desde el Gobierno se ha anunciado, además, el uso de cómics para difundir textos constitucionales, y así buscar el voto en el referendo.

De igual manera, desde la oposición se han planteado algunas estrategias para buscar el voto. Entre ellas, está la idea promovida por la Juventud Demócrata Cristiana que busca fomentar el uso de tirantes en reemplazo de las correas.

El acto simbólico está orientado a demostrar el "descontento ciudadano frente a la administración y el ejercicio político del presidente Rafael Correa", según dijo la organización. Además, buscan recalcar la idea de "No más Correa".

A esta forma de hacer campaña se suman otras, como la de aglutinar simpatizantes en grupos que se crean en redes sociales de la Internet.

Esto sucede en Facebook, que tiene grupos como el de "500 mil ecuatorianos contra la Constitución de Correa y Alianza País" o "50 mil personas que voten "No"". Además, hay sitios web que defienden la tendencia, como la página www.yovotono.es.mn. (AIV)


Reparos a la justicia indígena

El ex asambleísta de RED, León Roldós, presentó varios comentarios a los artículos 58 y 173 de la nueva Constitución.

Según explicó, con los numerales 4 y 5 del art. 58 puede haber reversión de tierras. "Lo observamos como preocupación, pero no se quiso aclararlo", dijo. Además, señaló que por primera vez se reconoce explícitamente en el numeral 9 del Art. 58 y en el Art. 173 la territorialidad de los pueblos y nacionalidades indígenas.

También indicó que ya no solo se respetará el derecho consetudinario, sino que se permitirá a los indígenas "crear derecho propio". Y que hasta el 18 de julio se aclaraba que la justicia indígena era "entre sus miembros", pero esa especificación se quitó, por lo cual a cualquier mestizo "se le pueden aplicar, aun cuando antes no la haya conocido. Esto último sí fue debatido y aprobado explícitamente".


Los puntos polémicos del Art. 58

Art. 58.- Se reconocen y garantizarán a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, de conformidad con la Constitución, los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos internacionales de DD.HH., los siguientes derechos colectivos:

4. Conservar la propiedad imprescriptible de sus tierras comunitarias, que serán inalienables, inembargables e indivisibles. Estas tierras estarán exentas del pago de tasas e impuestos.

5. Mantener la posesión de las tierras y territorios ancestrales y obtener su adjudicación gratuita.

9. Conservar y desarrollar sus propias formas de convivencia y organización social, y de generación y ejercicio de la autoridad, en sus territorios legalmente reconocidos y tierras comunitarias de posesión ancestral.

10. Crear, desarrollar, aplicar y practicar su derecho propio o consuetudinario, que en ningún caso podrá vulnerar los derechos de las mujeres, de las niñas, niños y adolescentes.


Un cambio en uno de los artículos

Art. 173.- Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro de su ámbito territorial, garantizando la participación y decisión de las mujeres.

Las autoridades aplicarán normas y procedimientos propios, entre sus miembros*, para la solución de sus conflictos internos, y que no sean contrarios a la Constitución y a los derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales.

El Estado garantizará que las decisiones de la jurisdicción indígena sean respetadas por las instituciones y autoridades públicas.

Dichas decisiones estarán sujetas al control de constitucionalidad. La ley establecerá los mecanismos de coordinación y cooperación entre la jurisdicción indígena y la jurisdicción ordinaria.

(*) Las palabras "entre sus miembros", se eliminó la noche del 18 de julio.

Hora GMT: 31/Julio/2008 - 05:00 Fuente: Diario HOY Ciudad Quito





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Comentarios

  1. 1 Carlitosp desde - Quito

    Qué excelente página esa del Yo Voto NO www.yovotono.es.mn Iba a votar por el sí pero analizando lo que dice en esa página me di cuenta de lo errado que yo estaba y como están engañando a los ecuatorianos.

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