Artículo 235 del Código penal
Si se usan medios explosivos, sustancias tóxicas, inflamables o radiactivas la prisión puede ser de un año
E n Quito, durante los últimos meses de los trabajos del soterramiento de cables, se retiraron 406 árboles del sector norte, incluyendo los de las avenidas Naciones Unidas y República del Salvador.
En Guayaquil, nueve árboles fueron retirados de un parque de la ciudadela Urdenor I en mayo para el inicio de los trabajos de edificación de una capilla.
Estas acciones fueron ejecutadas por personal de las municipalidades de las dos ciudades, y en ambos casos las autoridades han explicado que los árboles se transplantarán o en su defecto se sembrarán nuevos.
Acciones como éstas, sin embargo, podrían ser sancionadas con la privación de la libertad quien las ordene, de aprobarse tal cual está planteado el artículo 235 del proyecto de Código de Procedimiento Penal, que culminó su primer debate el martes pasado.
Y es que, según la normativa, quien atente contra un árbol sería reprimido con la privación de la libertad (ver recuadro), sin embargo, no se especifica las circunstancia para el cometimiento de la infracción: si es parte de una actividad agrícola, si se comete en propiedad privada, o cómo se normaría para los casos de trabajos de los cabildos.
El hecho de que no se diferencien los casos en los que podría constituir un delito talar un árbol fue observado por el asambleísta independiente Henry Cuji, quen insistió en la necesidad de perfeccionar el artículo, adecuándolo a la realidad del país, tomando en cuenta que en el sector rural existen agricultores y campesinos que estarían expuestos a la privación de la libertad, lo que consideró como "absurdo".
La también independiente María Paula Romo coincidió en calificar de absurdo el tema puesto que al hablar de árboles, en general podría penarse hasta el hecho de podar un "bonsai en la cocina".
A criterio de Romo, el artículo está "mal escrito" y de "imposible aplicación", pues si se quierepreservar las especies protegidas de árboles se debe elaborar una normativa específica.
"Si usted arranca una corteza de un árbol de su jardín podría terminar sancionado, un artículo así no se puede aprobar" dijo Romo, al indicar que el tema de intervenciones en la ciudad debería normarse por ordenanzas.
La Comisión de Justicia a cargo del trámite del proyecto del Código de Penal Integral deberá tramitar las observaciones de la ley en los próximos días, sin embargo, no hay una fecha límite para tener listo el siguiente informe en el que deberían precisarse temas como este. (ABT)
La Protección de árboles
El artículo 235 plantea que quien haya derribado, mutilado, descortezado o comercializado, uno o más árboles; o destruido uno o más injertos, será reprimido con la privación de la libertad de ocho días a un mes, por cada árbol. Sin que la totalidad de la pena pueda exceder de tres años.
La privación de la libertad puede ir de tres a cinco años si la infracción "genera disminución de aguas naturales, erosión del suelo o modificación del régimen climático" o "se cometa en lugares donde existan vertientes que abastezcan de agua a un centro poblado o sistema de irrigación.
La utilización de métodos, instrumentos o medios como explosivos, sustancias tóxicas, inflamables o radiactivas para perpetrar la infracción se considera un agravante, por el que la pena podría aumentar en un año, según dicta el numeral uno del artículo 236.







23/Julio/2012 a las 09:08
Las carceles llenas de gente comun con delitos menores, pero ladrones, corruptos, y toda clase de fascinerosos, asesinos, libres. Este es el pais que avanza, esto es la ventaja de la revolucion...
Que venga un cambio ya.
23/Julio/2012 a las 09:35
1.Talar 406 árboles es destruir un bosque, en el caso de las ciudades quien ejercería el control si en Quito la misma autridad da el mal ejemplo. 2. Existen técnicos y gente experta? me temo que no. Por lo cual me parece que esta ley quedará en letra muerta. Como siempre ya salen voces populistas a decir que es absurdo sancionar a campesinos, la ley debe ser para todos, y sobre todo deben implementarse mecanismos efectivos de control, en Quito debería estar presos algunas autoridades.
23/Julio/2012 a las 10:48
La condición actual del entorno requiere que se expidan leyes para preservar el exiguo patrimonio natural del que todavía disponemos, creo que en eso todos estamos de acuerdo! Pero los proyectos de ley deben ser socializados (¿Donde quedó la participación ciudadana que tanto se ofreció?) y adaptadas a la realidad del país, para ser efectivos en su objetivo. ¿Ya no se podrán urbanizar áreas donde hay árboles? ¿Y nuevas vías que requieran talar árboles?
Leyes absurdas = letra muerta!