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Comunicación y justicia

Publicado el 16/Octubre/2009 | 00:07

Por Claudio Mena Villamar


cmena@hoy.com.ec

La comunicación social tiene relaciones con el derecho y la justicia, de igual manera que otras ocupaciones humanas, como la educación, el espectáculo o la política. En todas ellas, existen normas que garantizan la práctica de estas actividades dentro de la sociedad y también existen penas para quienes cometan delitos dentro de esas actividades.

En la comunicación social, como se llama ahora al periodismo, también pueden darse delitos, y existen normas penales que los sancionan, como son la calumnia, el insulto y otros ya tipificados en el Código Penal.

Al Proyecto de Ley de Comunicación se lo quiere convertir en un código penal, creando nuevas infracciones y funcionarios que actúen como tribunales penales para la expedición de sentencias, con lo cual se vulnera la división de funciones del poder, haciendo que la Función Ejecutiva se inmiscuya en un campo que no le pertenece, como es el de la justicia penal.

De acuerdo con lo anterior, varias normas del Proyecto de Ley de Comunicación son de carácter penal, al tipificar delitos periodísticos y sancionarlos por medio de funcionarios del Gobierno haciendo caso omiso de nuestro sistema constitucional.

La Función Ejecutiva no puede crear leyes porque su función es esencialmente reglamentaria, o sea, la de hacer posible que una ley normativa pueda aplicarse. En ningún caso, puede crear o extinguir derechos, como ocurre con el actual proyecto.

Los delitos que se refieren a la prensa ya existen en el Código Penal, y en nuestro país se han sustanciado varios casos, especialmente en el caso de infracciones que han provocado cualquier clase de daño en las personas.

Respecto a la libertad de opinión, esta se encuentra completamente garantizada en la ley y en la legislación universal de los derechos del ser humano. El artículo 20 de la Constitución vigente garantiza la cláusula de conciencia a toda persona y el secreto profesional y la reserva de la fuente a quienes informen, emitan sus opiniones a través de los medios u otras formas de comunicación o laboren en cualquier actividad de comunicación". Esta garantía a la libertad de opinión no ofrece ninguna duda. En consecuencia, cualquier acción del Gobierno que la limite mediante cualquier disposición se convierte en una violación constitucional.

Nuestro país ha vivido esta garantía del derecho ciudadano a emitir opiniones, a criticar, a plantear puntos de vista que gusten o disgusten a autoridades y funcionarios.

Es evidente que todo Gobierno sufra por las opiniones de la prensa que critiquen determinadas acciones dentro del vasto campo de acción que tiene. Gracias a esta garantía, muchos actos ilícitos de funcionarios gubernamentales han sido denunciados, y ese ha sido un gran papel cumplido por los medios.

Ahora, el Gobierno tiene la gran ventaja de tener su prensa propia para atacar y defenderse.

Hora GMT: 16/Octubre/2009 - 05:07

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