La Segunda Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) sentenció a ocho años de reclusión a los ex integrantes del Directorio del Banco Popular, que antes ya habían sido absueltos por el Tercer Tribunal Penal de Pichincha, el 31 de agosto de 2006.
Esa Sala, integrada por los magistrados Luis Abarca, Luis Cañar y el conjuez Ramiro Serrano, condenó por peculado bancario a los ex directores y dos ex funcionarios de esa institución: Ernesto Rivadeneira, Francisco Rosales, Salomón Gutt, Rubén Ordóñez, Jean Daniel Benoit, William de Rosa, Fernando Armendáriz y Fabián Encalada.
De oportunista calificó el penalista Ramiro Aguilar a ese fallo.
El abogado penalista sostuvo que el directorio de un banco no es parte de la administración, por lo que reiteró que la sentencia de la Segunda Sala fue solo oportunista, para quedar bien con los miembros de la Asamblea Constituyente que han cuestionado la actitud de la Corte Suprema de Justicia por los juicios bancarios.
Además, Aguilar señaló que en ninguna parte de la sentencia se menciona el monto del supuesto perjuicio económico causado por los ex directores.
Por último, el delito del que se les acusa no estaba tipificado cuando ocurrió la caída del banco Popular.
Por este motivo, según Aguilar, el fallo de la segunda Sala Penal de la Corte viola el principio de legalidad. (SR)
Sancionan a vocales de III Tribunal Penal
La Segunda Sala de lo Penal de la CSJ también impuso una sanción administrativa en contra de los miembros del Tercer Tribunal Penal de Pichincha, "porque se negaron a cumplir con su deber". La sanción deberá ser aplicada por el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ), que deberá llevar adelante un "proceso administrativo disciplinario", dice la sentencia. (SR)
Hora GMT: 18/Abril/2008 - 05:00 Fuente: Diario HOY Ciudad Quito
