Así como los jóvenes y los discapacitados, las mujeres son otro de los grupos ganadores en el proyecto de la nueva Constitución.
Si bien el texto recoge derechos consagrados en la Carta Magna vigente, hay casos en que los amplía o son más específicos. O también elevan a garantías constitucionales disposiciones que se encuentran en leyes secundarias.
El proyecto redactado por la Asamblea Constituyente establece que el Estado promoverá la representación paritaria de mujeres y hombres en los cargos de nominación o designación de la función pública, en sus instancias de dirección y decisión, y en los partidos y movimientos políticos. La actual consagra, en cambio, la participación equitativa.
Con la nueva disposición, por ejemplo, el gabinete ministerial estará integrado por hombres y mujeres en igual número. Es decir mitad y mitad, explicó Luzmila Álvarez, presidenta de la Coordinadora Política de Mujeres Ecuatorianas del Guayas.
Asimismo, el proyecto señala que en las candidaturas a elecciones pluripersonales se respetará la participación alternada y secuencial de las mujeres. Álvarez recuerda que la disposición se encuentra en la Ley de Cuotas, promovida por la Coordinadora Política.
En el aspecto social, se ratifica que el Estado adoptará medidas para prevenir, eliminar y sancionar toda forma de violencia contra la mujer. Y se incorporó para la nueva Constitución, según Rosa López, del Movimiento de Mujeres del Ecuador, una normativa especializada para el abordaje integral al sobreviviente de violencia intrafamiliar y sexual. De esta manera, el Estado no va a permitir ningún tipo de revictimización de la sobreviviente, señaló López.
El nuevo texto también garantizará a las mujeres igualdad en el acceso al empleo, como consta en el actual. Pero se agrega que se adoptarán medidas para eliminar las desigualdades. Y que se prohíbe toda forma de discriminación, acoso o acto de violencia que afecte a las mujeres en el trabajo.
Además, se establece la prohibición expresa al despido de la mujer embarazada.
Se reconocerá, asimismo, como labor productiva el trabajo no remunerado de autosustento y cuidado humano que se realiza en los hogares. En la Constitución actual se reconoce el trabajo doméstico como labor productiva, pero no llegó a cumplirse porque no se dictó una ley secundaria, añadió López.
Para hacer cumplir las nuevas disposiciones, López y Álvarez coinciden en que las organizaciones de mujeres deberán mantenerse vigilantes. (VHC)
Por el sí
Alberto Jiménez, Vendedor
Así las mujeres ya tendrán cómo defenderse, no será solo lo que diga el hombre, no la podrán humillar. El Estado dice que sí va a ayudar a las amas de casa, yo creo que es posible. El Presidente dice que está apoyando a los más pobres.
Eso por un lado está bien porque el pobre es humillado por el millonario que como uno no tiene casa, les pagan barbacha.
Por el no
Melissa Salcedo, Ejecutiva
Pienso que no es una obligación y que uno se lo gana. En mi trabajo somos más mujeres que hombres. Y hay dos mujeres en puestos gerenciales; son tres gerencias principales. Me parece que no hay desigualdad, si la mujer trabaja y cumple con los requisitos del puesto, te lo ganas, eso es algo que la Constitución no va a cambiar.
Los textos
Proyecto 2008
Art. 65.- El Estado promoverá la representación paritaria de mujeres y hombres en los cargos de nominación o designación de la función pública, en sus instancias de dirección y decisión, y en los partidos y movimientos políticos. En las candidaturas a las elecciones pluripersonales se respetará su participación alternada y secuencial.
Art. 331.- El Estado garantizará a las mujeres igualdad en el acceso al empleo... Se adoptarán todas las medidas necesarias para
eliminar las desigualdades.
Art. 332.- ... Se prohíbe el despido de la mujer trabajadora asociado a su condición de gestación y
maternidad.
Art. 333.- Se reconoce como labor productiva el trabajo no remunerado de
autosustento que se realiza en los hogares.
Constitución 1998
Art. 23.- 2. El Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar, en especial, la violencia contra los niños, adolescentes, las mujeres y personas de la tercera edad.
Art. 36.- El Estado propiciará la incorporación de las mujeres al trabajo remunerado, en igualdad de derechos y oportunidades... Se prohíbe todo tipo de discriminación laboral contra la mujer... Se reconocerá como labor productiva, el trabajo doméstico no remunerado.
Art. 102.- El Estado promoverá y garantizará la participación equitativa de mujeres y hombres como candidatos en los procesos de elección popular, en las instancias de dirección y decisión en el ámbito público, en la administración de justicia, en los organismos de control y en los partidos políticos.
Opiniones
Rosa López Machuca, Movimiento de Mujeres
Hay un avance en materia de derechos económicos, donde se incorpora economía de cuidado. Si bien la Constitución del 98 reconoce como labor productiva el trabajo doméstico, nunca fue cuantificado ni visibilizado en las cuentas del país.
Luzmila Álvarez, Coordinadora Política
En la Ley de Cuotas (que estableció la alternabilidad) se llegó a donde se tenía que llegar. Y en la nueva Constitución está asegurado. En la de 1998 solo se hablaba de igualdad de derechos de las personas. Estaremos vigilantes para que se cumplan todos los derechos.
Beatriz Bordes de Gebert, Presidenta de María Guare
Queremos decirle al Estado que las mujeres necesitan cumplir también como seres humanos. Ser valoradas. Tenemos sueños, inteligencia, queremos ser profesionales. Junto a la familia, trabajar por los sueños, esa es la equidad de género de la que hablamos.
Hora GMT: 08/Agosto/2008 - 05:00 Fuente: Diario EXPRESO Ciudad Quito
