Ley no establece recurso

Los valores cobrados por las aseguradoras privadas en 2008, tras la cobertura del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), en reaseguro y gastos administrativos, no serán devueltos.
Paulina Guerrero, intendenta Nacional de Seguros, explicó que "la Superintendencia no tomará ninguna medida al respecto. Lo que puedo decir es que en las leyes no se contempla la devolución de esos excesos", ya que en el Decreto 809 que rigió el año pasado no se estipulan "montos mínimos o disposiciones legales para la devolución de esos valores" apuntó Guerrero.
No obstante, Alexis Mera, asesor jurídico de la Presidencia, indicó semanas atrás que durante 2008 las aseguradoras fueron "abusivas" en el manejo de los rubros de reaseguro y gastos administrativos, por lo que debería establecerse un mecanismo de devolución de los mismos.
En ello coincidió Víctor Jiménez de Covial, quien dijo que entre "$24 millones y $30 millones deberán reembolsar las empresas aseguradoras por excesos en la contratación del reaseguro y gastos administrativos".
Al entrar en vigencia el (nuevo) Reglamento 1767, que dispone que el reaseguramiento y gastos administrativos sea del 5%, las 16 empresas que participan del ramo tienen un lapso de 90 días para que cancelen los contratos vigentes con las reaseguradoras nacionales o extranjeras, y vuelvan a contratar un reaseguro que no exceda del 5%.
La Intendencia de Seguros resolvió realizar una auditoría al SOAT del 1 de enero al 15 de junio de 2009 para conocer los valores del primer semestre. (SH)
Hora GMT: 20/Junio/2009 - 05:05











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