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"Existe el equilibrio, no la objetividad"
Jaime Mantilla, director de Diario HOY
"Hablar de información objetiva, veraz, plural, oportuna y sin censura previa es una barbaridad, ya que la objetividad realmente no existe, lo que existe es el equilibrio y no puede ponerse en una Constitución algo que en realidad no existe y, por lo tanto, no se puede poner en práctica.
En lo que tiene que ver con la veracidad de la información, esta es muy relativa, ya que no es lo mismo lo que experimenta un informador que se encuentra alejado de una lluvia, a lo que experimenta el informador que se encuentra en medio de la misma.
Parece que quienes elaboraron este documento no conocen de la existencia de la Ley de Transparencia o Libre Acceso a la Información ya que, según ellos, "en los casos de controversia respecto a la confidencialidad de cualquier documento público, corresponde a la autoridad constitucional determinar su acceso y difusión pública". Esto está fuera de foco.
En la Constitución, poner que es obligación crear y fortalecer medios de comunicación públicos, privados, comunitarios y alternativos no tiene ningún sentido, es como decir que a partir del día de mañana será una obligación poner una tienda en cada barrio". (JFE)
"Sólo pueden hacer lo que se indica"
Danilo Arbilla, ex presidente de la SIP
"Notoriamente lo que se pretende con esta norma es digitar lo que los medios de comunicación y los periodistas pueden y deben hacer, lo que en consecuencia delata a una sociedad dirigida y totalitaria manejada desde el poder.
En resumen, lo que esta norma hace es establecer una serie de órdenes para indicar como deben actuar los medios, y eso es atentar claramente contra la libertad de expresión.
Es como decirle a un ciudadano que es libre de hablar, pero solo sobre tal o cual tema.
La diferencia entre un país libre y uno totalitario es que en un país libre los ciudadanos y las personas jurídicas (medios de comunicación) pueden hacer todo aquello que no está prohibido, mientras que en uno totalitario los ciudadanos, en este caso los medios de comunicación, solo pueden hacer lo que está indicado". (JFE).
Art. Deberes de los medios de comunicación.-
Los medios de comunicación tienen el compromiso de facilitar la deliberación pública de los asuntos de interés general y contribuir a la formación de las personas y los pueblos, para lo cual deberán:
1. Impulsar los procesos de participación social, educación y desarrollo de la cultura, defensa de la paz, difusión de las identidades nacionales, preservación, protección y reparación de ambiente, y promoción y exigibilidad de los derechos fundamentales.
2. Actuar con responsabilidad social y responder por la información emitida.
3. Fomentar la libertad de opinión y expresión, la convivencia democrática y la participación ciudadana.
4. Difundir información objetiva y veraz, y promover el debate público.
5. Emitir publicidad y programas que no induzcan a la violencia, la discriminación, el racismo, la toxicomanía, el comercio sexual, el sexismo, la intolerancia religiosa o política y a todo cuando afecte la dignidad del ser humano.
6. Permitir acceso a la comunicación para toda la población, preferentemente a las personas con discapacidad, analfabetas, niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos/as mayores y a quienes hablan lenguas ancestrales.
7. Promover la pluralidad y diversidad de opiniones.
"Conceptos aprobados son ambiguos"
Efraín Luna, Universidad Católica de Guayaquil
"Una veeduría ciudadana se debe encargar de vigilar que se determinen con precisión los conceptos aprobados por la Mesa 1 de la Asamblea Nacional, debido a que muchos de ellos son ambiguos.
Es lógico que el Estado siga siendo el propietario de las concesiones radioeléctricas y, como tal, tenga la facultad de concesionar, renovar y revocar. Pero sobre la priorización de la concesión de frecuencias a los medios de comunicación populares, comunitarios y alternativos, hay que ser más democráticos ya que todos debemos ser iguales y acceder a las frecuencias por igual, sin necesidad de pertenecer a un sector u otro.
Sobre el punto de que el Estado ecuatoriano, tras un concurso público, concesione las frecuencias por un tiempo de 10 años, revocables y renovables, aquí los asambleístas no precisan las razones específicas por las cuales te pueden revocar la frecuencia.
Es ambiguo que se diga que en el país existan oligopolios o monopolios en el uso de las frecuencias. Nos da a entender que de hoy en adelante, por ejemplo, la banca no tenga medios radiales y de televisión. Los asambleístas deben ser más puntuales. Hay que regular el uso de las frecuencias para evitar que ellas se conviertan en el toma y daca de políticos". (AM)
Art. De las frecuencias.-
La utilización de las frecuencias del Estado ecuatoriano se regulará en base de los siguientes principios:
1. El Estado es propietario y tiene la facultad exclusiva para la concesión, renovación y revocación de las frecuencias electromagnéticas; considerando para ello, en forma obligatoria, los valores sociales, educativos, ambientales y culturales.
2. El Estado concesionará las frecuencias en forma equitativa y democrática, a todo ecuatoriano y ecuatoriana, individual o colectivamente.
Priorizará la concesión de frecuencias a los medios de comunicación populares, comunitarios y alternativos.
3. El Estado, previo concurso público, concesionará las frecuencias por un tiempo de 10 años, revocables y renovables.
Se prohíbe el oligopolio o monopolio directo o indirecto en el uso de las frecuencias, la transferencia de las concesiones o su uso para la defensa de intereses particulares o de los propietarios o accionistas de medios de comunicación.
"El respeto a las fuente y los contenidos"
Orlando Gómez, corresponsal revista Semana de Colombia
"Me parece que lo que plantea la Mesa 1 sobre los periodistas y comunicadores está bien, porque uno de los más graves problemas que enfrenta el periodismo en los últimos años está relacionado con un deficiente manejo de las fuentes informativas, considero que la sociedad tiene derecho a saber la verdad completa, comprobable en forma oportuna sin intereses ni prejuicios personales.
También es obligación del periodismo cumplir con la publicación fiel de los hechos sin falsedad. Toda información debe estar sustentada en datos verídicos para fortalecer la confianza de los lectores y el Estado debe respetar el secreto de las fuentes.
La confidencialidad de las fuentes es una de las piedras angulares de la prensa libre, el periodista no tiene por qué revelarlas y eso forma parte de la libertad de expresión.
El Estado no debe meterse en los contenidos, estos deben ser manejados por los propios medios, además no hay que restringir el acceso a la información, hay muchos documentos que tienen que desclasificarse para que la gente sepa la verdad. Estoy a favor de la propuesta, ojalá se cumpla". (LAS)
Art. De los periodistas y comunicadores.-
El Estado garantizará a los profesionales del periodismo y de la comunicación social:
1. La libertad de cobertura de todo evento público.
2. La cláusula de conciencia y el derecho al secreto profesional, incluso de quienes emiten opiniones como colaboradores de los medios de comunicación.
3. El derecho a informar libremente. Los derechos de autor serán respetados.
"Limita al sentido de comunicación"
Alexandra Ayala, periodista
"Estoy convencida de que el Estado ecuatoriano debe hacer respetar la soberanía con respecto al espectro radioeléctrico, sus recursos aeroespacial y su órbita geoestacionaria.
Pero esto implicaría limitar el concepto de la comunicación social porque la comunicación social no solo se hace a través del espectro radioeléctrico, es decir, no se refiere única y exclusivamente a los medios de audio, audiovisuales y al Internet; y estaríamos dejando de lado a una parte importante de la comunicación como son los medios impresos.
Me parece, en resumen, que se podría dar pie con un artículo así a limitar al sentido de la comunicación social, o a crear dudas sobre la soberanía que podría atribuirse el Estado con respecto a contenidos, lo cual aludiría a posibles censuras.
Un texto constitucional tiene que ser claro y conciso, no dar lugar a interpretaciones arbitrarias ya que forjan vacíos o lagunas de sentido".(JFE)
"Comunicación contribuye a educar"
Rubén Darío Buitrón, diario Expreso
"No tengo reparo en el segundo párrafo del artículo sobre la Soberanía de la Comunicación. Sin embargo, el primer párrafo es confuso, abstracto y retórico. Desde mi experiencia como periodista y ciudadano no entiendo aquello de que "la comunicación social contribuye a garantizar la soberanía e identidad nacional".
La comunicación social contribuye, según mi manera de ver, a educar, informar y entregar a la sociedad elementos de juicio para tomar decisiones tanto cotidianas como macros.
La identidad nacional es importante en función de quiénes somos y qué particularidades aportamos como ecuatorianos para insertar a la nación en el contexto mundial y volverla protagónica en el entorno de la globalización.
Si la nueva Constitución piensa en el país como un ente aislado y autista, está delineando el futuro del Ecuador con conceptos absolutos y patrioteros". (LAS)
Art. Soberanía de la comunicación.-
La comunicación social contribuye a garantizar ala soberanía e identidad nacional.
El Estado declara su soberanía sobre el espectro radioeléctrico sus recursos aéreo espaciales y su órbita geoestacionaria
"Comunicación al acceso de todos"
Fernando Bucheli,ex titular del Conartel
"Yo estoy absolutamente de acuerdo con el artículo, ya que va en la línea de que el desarrollo de una comunidad significa el progreso de las telecomunicaciones, pero es importante que este sea respetado sobre las concesiones.
El acceso a costos populares se debe realizar y eso amerita que la tecnología de punta se ponga al alcance del pueblo ecuatoriano.
El fundamento que se debe tomar en consideración es popularizar el tema de los medios de comunicación llegando al pueblo en las mejores condiciones, no sólo en calidad sino en precios y respetando la propiedad privada.
La inversión en este tipo de estructuras es alta y se debe respetar con la posibilidad de que este negocio tenga los réditos adecuados y además que de un servicio social, sin que esto quiera decir que no se pueda tener utilidades.
El código de ética de la televisión establece espacios de servicio social, hay un artículo que obliga a la radiodifusión a entregar hasta una hora diaria sin acumulaciones para espacios que estén destinados a la educación y la salud. Los gobiernos no leen la ley para aplicarla y este servicio a la comunidad no se ha ejecutado, en función de eso los concesionarios deberían actualizar los servicio de radio, televisión y todos los sistemas que deben estar en función social". (LAS)".
"Servicio social y comercio a la par"
Miguel Rivadeneira, Radio Quito
"Partamos de un hecho, yo creo que el Estado debe ser un regulador de las actividades, pero no un partícipe directo. Todos los bienes en esta materia son del Estado, pero la administración y los servicios tienen que correr a cargo de una economía directa de quienes han demostrado capacidad en los servicios.
El tema debe ser tratado con un estudio técnico que permita un punto de equilibrio, no se puede hablar al azar sino basándose en un análisis que parta de un servicio que dé mayor acceso al usuario, tarifas que tengan la acción con responsabilidad social, pero con el margen de utilidad que debe recibir una empresa.
Cuando hablo de responsabilidad social me refiero a que la empresa tiene que tratar de servir en las grandes ciudades, donde se produce la mayor ganancia legítima, pero además penetrar en los sectores donde las nuevas tecnologías no han llegado. Por ejemplo, en la periferia y los lugares alejados hay un déficit de los celulares, porque no se han puesto antenas.
En cuanto al espacio de los medios audiovisuales al servicio comunitario, yo no soy partidario de que el Estado regule los contenidos de ningún tipo, pero cada medio audiovisual debe establecer una programación que combine un servicio con la guía educativa y con la parte comercial a la par". (LAS)
Art. Telecomunicación.-
La telefonía fija y la móvil, la Internet, la radio y la televisión son servicios públicos. El Estado ecuatoriano debe asegurar su cobertura universal, impulsando el desarrollo tecnológico, la construcción de la infraestructura necesaria y fijando tarifas accesibles para toda la población.
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Hora GMT: 13/Abril/2008 - 16:14
