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Arbitraria prolongación de funciones

Publicado el 14/Julio/2008 | 00:00

El estatuto aprobado en referendo para el funcionamiento de la Asamblea señala que la Constituyente “tendrá una duración de 180 días, contados a partir del día de la instalación, salvo que ella misma establezca una prórroga que no podrá exceder de 60 días contados a partir del vencimiento del plazo inicial". El 26 de julio terminan los ocho meses para la Asamblea.

El estatuto no previó la transición. Por eso ahora se plantea prolongar la vida de la Asamblea para que asuman las funciones de una Legislatura los 130 asambleístas o un grupo de ellos. El estatuto concedió a la Asamblea poderes plenos para cambiar el marco institucional del Estado y elaborar una nueva Constitución, y estableció, como condición esencial para que entren en vigencia esos cambios y la nueva Constitución, que esta fuera aprobada por la mayoría de sufragantes en el referendo.

La mayoría oficialista asumió en Montecristi de forma arbitraria atribuciones más allá del estatuto. Sin embargo, este determina un plazo improrrogable de funcionamiento para la Asamblea. Resultaría una nueva arbitrariedad prolongarla en funciones de Legislatura, con el riesgo de generar más incertidumbre jurídica en el evento de que el “Sí” en el referendo no supere al “No”, a los votos nulos y en blanco.

Sea que apruebe o rechace la mayoría de sufragantes la nueva Constitución ecuatoriana, el paso inmediato es convocar a elecciones de legisladores, con las reglas vigentes, para llenar el vacío de la Legislatura.

Hora GMT: 14/Julio/2008 - 05:00 Fuente: Diario HOY Ciudad Quito

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