La Segunda Sala del Tribunal Constitucional negó la acción de amparo planteada por Febres Cordero Compañía de Comercio en contra de la AGD y resolvió multar a su representante legal, Agustín Febres Cordero Rivadeneira, con 30 salarios mínimos vitales (SMV).
Con el fallo, además, se dispuso el archivo de la acción de amparo constitucional y la devolución del expediente al juez de origen para los fines legales consiguientes.
La resolución, según argumenta la Segunda Sala, se dio en virtud de que se han presentado dos amparos constitucionales por la misma causa. De ahí precisó que, revisados los dos procesos, se determina que las pretensiones del accionante son las mismas, por lo que se evidencia una clara inobservancia de las normas. (GC)
Hora GMT: 04/Julio/2007 - 05:00 Fuente: Diario HOY Ciudad Quito
