Los politólogos Teodoro Bustamante y León Espinosa advierten que esos casos afectan la institucionalidad y fomentan la corrupción
Como una evidente interferencia en la administración de justicia, que fácilmente puede llevar al desprestigio y a la destrucción de la institucionalidad en el país y, sobre todo, que fomenta la corrupción, calificó el politólogo Teodoro Bustamante a la admisión a trámite por parte de la Corte Constitucional (CC), de los pedidos de acción extraordinaria de protección presentados por el ex presidente Abdalá Bucaram y el ex vicepresidente Alberto Dahik.
Los dos enfrentan juicios por peculado y desde hace más de 10 años están prófugos de la justicia, aunque se declararon perseguidos políticos y lograron asilo político en Panamá el primero y en Costa Rica, el segundo.
Bustamante fue enfático al advertir que los resultados de estos pedidos no dependerán de las pruebas, sino de las alianzas políticas.
"Es decir una persona no es culpable por sus actos, sino por los votos que consiga reunir", dijo, aunque manifestó no estar sorprendido pues recordó que en el Ecuador, hay varios antecedentes sobre la intromisión de los políticos en la administración de justicia. "La forma como los gobiernos manejan la justicia es grave y repugnante", expresó.
El analista Leon Espinosa señala que los procesos contra Bucaram y Dahik deben ser analizados como delitos de lesa humanidad, es decir que son imprescriptibles y, por tanto, no se debe admitir la injerencia política. (SC)
Dahik se reunió en Costa Rica con Comisión de la Verdad

Buscando que se declarare la nulidad del fallo del ex presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Jaime Velasco, quien ratificó el auto de llamamiento a juicio por peculado, dictado en 1996 por el ex presidente de la Corte Suprema de Justicia, Carlos Solórzano, la defensa del ex vicepresidente Alberto Dahik solicitó una acción extraordinaria de protección, al amparo del artículo 94 de la Constitución. En el pedido, presentado a mediados de 2009, el ex procurador Xavier Garaicoa, quien actúa como abogado de Dahik, argumenta que no existía base legal para que Velasco deje sin efecto el fallo emitido en 2005 por Guillermo Castro, principal de la llamada "Pichicorte" en el que absolvió al ex vicepresidente. Luego de 14 años de permanecer exiliado en Costa Rica, Dahik busca beneficiarse de ese recurso de protección, que fue admitido a trámite luego de que fuera entrevistado en Costa Rica por miembros de la Comisión de la Verdad, según informó su presidenta, Elsi Monge, en entrevista con Blanco y Negro, publicada el pasado 17 de febrero.
Monge manifestó que Dahik aportó datos sobre casos de presunta violación de derechos humanos, aunque no precisó la época en la que se habrían cometido. Por disposición del presidente Rafael Correa, la Comisión investiga lo ocurrido en gobiernos anteriores, especialmente en el del fallecido León Febres Cordero. (GM)
J. V. Troya desechó en 2008 un pedido de prescripción de Bucaram

El 26 de agosto de 2008, José Vicente Troya, como presidente subrogante de la Corte Suprema (hoy, Corte Nacional de Justicia, de la que el mismo Troya es titular en la actualidad), negó una petición del ex presidente Abdalá Bucaram, presentada en abril de ese año, para que se declare prescrita la acción penal iniciada en su contra.
Dicha acción corresponde a un supuesto delito de peculado por un sobreprecio de $15 millones en el contrato de la Mochila Escolar y por un manejo doloso de 11 000 millones de sucres de la cuenta de Gastos Reservados de la Presidencia de la República. Estas irregularidades se dieron en el Gobierno de Bucaram, que duró seis meses y fue derrocado por el extinto Congreso Nacional.
Al igual que Troya, Eduardo Muñoz Vega, ex contralor (e), rechazó también el pedido de prescripción que Bucaram fundamenta en el Art. 101 del Código Penal, el cual establece que los delitos castigados con reclusión prescriben en 10 años.
En cambio, el argumento de la negativa es el Artículo 396 de la Ley de Administración Financiera y Control, cuyo artículo 257 prevé que el plazo de prescripción del delito de peculado ocurre en el doble del tiempo, es decir, en 20 años. En el caso de Bucaram, a la fecha han transcurrido 13 años. (MEVO)
Hora GMT: 24/Febrero/2010 - 05:02
