Nadie sabe cómo o quién fue el responsable. Lo cierto es que el proyecto constitucional, que irá a referéndum, tiene al menos dos versiones diferentes.
Aunque se mantienen los 444 artículos aprobados en la sesión del 18 y 19 de julio, en menos de una semana se registraron 27 cambios en los textos del proyecto que fue sometido a votación, el 24 de julio, de los cuales 13 son de fondo.
Así al menos lo revela un estudio comparativo realizado por dos veedores de la Asamblea Constituyente. Ellos son Sebastián Toral y Juan Rivadeneira, de la Fundación Konrad Adenauer.
Toral indicó que "no hay dedicatoria" entre los cambios y que se los puede encontrar en todos los campos.
En la versión del 19 de julio, el artículo 29 tiene dos párrafos y establece que el Estado garantizará la libertad de enseñanza y cátedra
El mismo artículo, en el proyecto del día 24, tiene solo un párrafo y determina que el Estado garantizará la libertad de enseñanza y la libertad de cátedra en la educación superior.
Según el artículo 67 de la Constitución vigente, la libertad de cátedra es general y no se limita únicamente a la educación superior, como lo establece el proyecto.
Lo propio ocurre con el artículo 33, relacionado con los instrumentos internacionales. En la primera versión estaba dentro del título II sobre los Derechos. En el documento del 24 de julio, pasó al título VIII de las Relaciones Internacionales. En este caso, no solo que el artículo cambió de título y de redacción, sino de número: pasó del 33 al 421.
El tema ha sido motivo de polémica en los últimos días, al punto que el asesor del alcalde Jaime Nebot, Joffre Campaña, presentó una solicitud de inspección
judicial a los articulados.
La respuesta de Fernando Cordero, titular de la Asamblea, fue inmediata. "Lo que debería pedirse es una inspección judicial a las transitorias de la Constitución de 1998, que permitieron el mayor atraco bancario del país".
Sin embargo, Cordero reconoció que hubo cambios "extraordinarios" entre lo aprobado el 19 y lo discutido el 24 de julio.
Entre esas modificaciones están, por ejemplo, la inclusión en los artículos 1 y 2 del proyecto de Constitución de los idiomas quichua y el shuar como idiomas oficiales de relación intercultural. Esos cambios fueron justificados por Cordero bajo el argumento de que se realizaron en el Pleno.
Recordó que en la sesión del 18 y 19 de julio se presentaron 49 reconsideraciones a los articulados. Además, 15 solicitudes de modificación planteadas por la Comisión de Redacción.
Según Cordero, de estas últimas el Pleno acogió nueve y desechó seis. Reiteró que la Comisión de Redacción en ningún caso podía realizar cambios a los contenidos sin la aprobación del Plenario.
El artículo 47 del Reglamento de la Asamblea establece que esa Comisión debía revisar omisiones notorias y contradicciones de sintaxis, así como efectuar correcciones gramaticales, ortográficas.
Esa norma añade que este texto definitivo de la Constitución debía ser puesto a consideración del Pleno, con cinco días de anticipación. Después de ese plazo debía ser aprobado, sin previo debate, con el voto de la mayoría.
Pero las diferencias encontradas por Toral y Rivadeneira detectan la supresión de algunas palabras. Ese es el caso del artículo 73 sobre el derecho de la naturaleza. La versión del 19 de julio señala que la naturaleza tiene derecho a la "restauración integral". Pero en la versión del día 24 se cambió ese artículo con el número 72 y se le retiró la palabra "integral".
Hora GMT: 04/Agosto/2008 - 05:00 Fuente: Diario El Comercio Ciudad Quito
