
El último equipaje
entregado
Javier Tulcanazo Paucar
murió a los 19 años. Y de la forma más inesperada, el último 12 de mayo. Una de las
hélices que ventilan los túneles de San Juan le destrozó la cabeza mientras miraba
despreocupado la carretera, de pie, en el techo de un bus que circulaba por la avenida
Occidental. Al parecer, su intención era ganar tiempo desatando las cuerdas con las que
estaba asegurada la carpa que cubría las maletas de los pasajeros del carro de la
compañía Velotax, con placas CAD-521, que hacia el recorrido Tulcán-Quito.
El bus había llegado sin ninguna complicación a Quito. Antes de la entrada a los
túneles de San Juan, en el sector de Miraflores, al norte de la ciudad, uno de los
pasajeros hizo detener el automotor y pidió sus maletas. Javier subió a la parte alta
del vehículo y entregó el equipaje, sin saber que sería el último.
El conductor arrancó y siguió su ruta por la avenida Occidental. El controlador, como
llaman a los ayudantes de los choferes, se quedó en la parte alta del bus, como otras
veces. El vehículo siguió su camino, entró en los túneles de San Juan y salió al
Tejar, luego pasó por los túneles de San Roque, bajó a la avenida 24 de Mayo y llegó
al Terminal Terrestre, en el centro de Quito.
Los pasajeros se bajaron y, parados frente al bus, esperaron que el controlador les
entregara sus maletas. Unos niños, desde la terraza del Terminal, dieron una voz de
alarma: sobre la carpa del bus había una persona con el cráneo destrozado.
El chofer constató la presencia del cadáver. Su controlador, del que solo conocía el
primer nombre, estaba boca abajo, con la mano izquierda sujeta a una de las sogas. Los
curiosos se arremolinaron alrededor del bus y alguien llamó a la Policía. Agentes de la
Brigada de Homicidios realizaron el levantamiento del cadáver.
Las primeras investigaciones concluyeron que cuando el bus ingresó a los túneles de San
Juan, Javier Tulcanazo estaba de pie, de espaldas a la dirección en la que circulaba el
vehículo. Es decir, no pudo ver la hélice que le golpeó el cráneo. Su muerte fue
instantánea.
El cadáver fue trasladado al Departamento Médico Legal, de donde lo retiraron sus
familiares para llevarlo a Tulcán y enterrarlo. (JT). |
El
ebrio que estaba sobrio, según el juez
Es un caso sui géneris. El detenido está
en Latacunga, el juicio se ventila en Manta, la familia de la víctima vive en Quito y la
hija de Rocío Moreno está en el cementerio; su otro hijo tuvo que ser tratado por un
sicólogo, y su familia debió mudarse de casa para intentar reconstruir sus vidas.
El 28 de agosto del año anterior, un automóvil Fiat conducido, según el parte policial,
por Juan Carlos Torres Naranjo, hizo un giro en donde existe una señal de tránsito: NO
VIRAR EN U, en la avenida Malecón y la calle Diez de Agosto, perdió el control y
arrastró a Karen Renata Abril al barandal de cemento del malecón de Manta, cuando
caminaba con su tía, su abuelo y su hermano. Ella y su familia estaban de vacaciones en
la playa, y al día siguiente debían regresar a Quito.
Regresaron con Karen muerta. El tío de la menor presentó la acusación particular en
contra de Juan Carlos Torres.
Todos los testigos concordaron en que el sindicado estaba borracho. Los policías que
acudieron al sitio: Marcos Bracho, José Quito, José Macías y Lenin Santín, declararon
que habían encontrado a Juan Carlos Torres "en estado de embriaguez y agarrado al
volante del vehículo oponiendo resistencia". Incluso, según el testimonio del
policía José Macías en el patrullero, Juan Carlos Torres se mostraba más preocupado
por la suerte del vehículo de su hermana.
Sin embargo, en su declaración, Juan Carlos Torres dijo ser inocente, porque quien
conducía el automóvil era Marco Campos (luego fue desmentido en un careo), a quien
encontraron los uniformados en el asiento del acompañante. Además, alegó una confusa
amnesia: aseguró desconocer de quién era el vehículo, aunque estaba seguro que él no
conducía; no recordó haberse sometido a la prueba de alcoholemia, pero insistió en que
no había virado en U y que no había sido detenido agarrado al volante.
Consciente de las contradicciones, el abogado de Juan Carlos Torres solicitó una
ampliación de su testimonio en el que aceptó que se realizó la curva en U, aunque
insistió en que desconocía de quién era el Fiat que conducía esa noche, según el
informe policial.
Con estos antecedentes el encargado de la Fiscalía Cuarta de Tránsito emitió un
dictamen acusatorio en contra de Juan Carlos Torres como autor de la infracción contenida
en el artículo 74 de la Ley de Tránsito: "Será reprimido con reclusión mayor
extraordinaria de seis a nueve años, revocatoria definitiva de la licencia para conducir
vehículos motorizados... quien ocasionare un accidente conduciendo un vehículo en estado
de embriaguez... del que resultaren muertas una o más personas". El proceso regresó
a manos del juez cuarto de Tránsito, César León Cuzme, quien a pesar de las pruebas de
alcoholemia y de las declaraciones de los testigos y de los propios policías, concluyó
que no se había demostrado en el trámite del proceso el estado de embriaguez del
sindicado por cuanto no se realizaron los exámenes de orina y de sangre, conforme lo
reclama el artículo 137 de la misma Ley de Tránsito.
Y amparado en este artículo sentenció con tres años de prisión ordinaria a Juan Carlos
Torres; es decir, ocurrió el accidente, el responsable fue Juan Carlos Torres, quien, a
pesar de haber dado positivo en la prueba de alcoholemia, 'no estaba borracho' cuando
realizó una maniobra en un lugar prohibido y arrastró con el vehículo a una niña,
según las pruebas procesales. (JT)
Las omisiones legales
Los familiares de Karen Renata apelaron la sentencia y Rocío Moreno, la madre de la
niña, presentó una demanda en contra del juez César León Cuzme, en el Consejo Nacional
de la Judicatura.
La familia de Karen Renata alega que es "la primera vez que el juez cuarto de
Tránsito de Manabí, durante el tiempo que ejerce esta dignidad, plantea el cumplimiento
y las exigencias de estas normas (pruebas de sangre y orina) para probar el estado de
embriaguez del infractor; su actuación, al juzgar contraventores e infractores de la Ley
de Tránsito en estado etílico se ha basando únicamente en la prueba de
alcoholemia".
Además, según la denuncia, en la sentencia el juez no tomó en cuenta el artículo 98 de
la Ley de Tránsito en donde se determina que sí se pueden presentar como pruebas del
estado etílico la de alcoholemia, y "si fuere posible efectuar", las de sangre
y orina.
Estas pruebas, según el subjefe provincial de Tránsito de Manta, Jorge Ramos, no se
podían realizar en esa dependencia porque en la ciudad no existe un laboratorio clínico
dependiente del Ministerio de Salud que los realice y los laboratorios privados se niegan
a realizar esas pruebas porque alegan que los reactivos utilizados son muy costosos; es
decir, no fue posible, por lo que el juez no podía quitar peso a esa prueba.
Con esos argumentos, Rocío Moreno espera que se revise la sentencia, sobre todo luego de
lo que ha visto y vivido después de la muerte de su hija: el traslado del acusado de la
cárcel de Portoviejo a la de Latacunga, de donde es la familia de Juan Carlos Torres, sin
que las autoridades de rehabilitación le den una explicación satisfactoria, el deterioro
sicológico de su hijo de ocho años, quien presenció el accidente en el que murió Karen
y hasta la mudanza de casa de su familia para intentar olvidar la muerte de su hija. (JT). |